Anexo Nº 1: Normas y Procedimientos
 
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SECCIÓN 1: 
Finalidad de las Normas y Procedimientos

Gano Life S.A.C identificado con RUC 20547251831 y con domicilio fiscal en Calle German Schereiber Nro. 276, San Isidro, Lima, Perú, en adelante “Ganolife”, "Zarpe", la “Empresa” o la “Compañía”, estableció las siguientes pautas para promover el éxito de la Compañía y de sus socios comerciales, en adelante “Afiliados Independientes”. Estas Normas y Procedimientos (“NN. y PP.”) ofrecen los siguientes beneficios:

1.1. Proteger los derechos de los Afiliados Independientes al proveer parámetros dentro de los que los Afiliados Independientes puedan trabajar en una forma ética, eficaz y segura.
1.2. Ofrecer el mismo nivel de oportunidades a todos los Afiliados Independientes de ZARPE.
1.3. Definir la relación contractual entre ZARPE y sus Afiliados Independientes.
1.4. Informar a los Afiliados Independientes sobre los asuntos relacionados con el cumplimiento
reglamentario regulatorio que ZARPE exige de todos sus Afiliados Independientes y que entiendan que trabajamos unidos en promover los productos y la oportunidad de negocios de ZARPE.

SECCIÓN 2: 
Introducción

2.1 – Las Normas y Procedimientos incorporados en la Solicitud y Contrato de Afiliado Independiente

Estas Normas y Procedimientos, en su presente forma y con las enmiendas realizadas de vez en cuando bajo el criterio y derecho exclusivos de ZARPE, se incorporan y forman parte integral del Contrato del Afiliado Independiente de ZARPE. 
A través de estas Normas y Procedimientos, cuando se utilice el término “Contrato”, se hará referencia en forma colectiva a la Solicitud y Contrato del Afiliado Independiente con ZARPE, los Términos y Condiciones, estas Normas y Procedimientos, el Plan de Bonificaciones de ZARPE y cualquier otro documento oficial que la Empresa estime necesario para llevar a cabo gestiones entre ZARPE, sus Afiliados Independientes y Clientes. 
Estos documentos se incorporan por referencia dentro del Contrato del Afiliado Independiente ZARPE. Es la responsabilidad de todo Afiliado Independiente leer, entender y adherirse al mismo, y asegurarse de estar operando bajo la versión más actualizada de estas Normas y Procedimientos. Al inscribir un nuevo Afiliado Independiente, es la responsabilidad del patrocinador (tal y como se define más abajo) el proveer la versión vigente de estas Normas y Procedimientos, y el Plan de Bonificaciones de ZARPE al solicitante antes de la ejecución de su Solicitud y Contrato de Afiliado Independiente con ZARPE.

2.2 – Propósito del Acuerdo

ZARPE es una compañía de ventas directas que comercializa sus productos por medio de Afiliados Independientes. Es importante que todos los Afiliados Independientes comprendan que su éxito depende de la integridad de todos los hombres y mujeres que comercialicen los productos de ZARPE. 
ZARPE ha creado este Acuerdo a fin de definir claramente la relación que existe entre los Afiliados Independientes de ZARPE y establecer explícitamente una pauta de conducta empresarial aceptable.

A los Afiliados Independientes de ZARPE se les exige cumplir con todos los Términos y Condiciones establecidos en el Contrato, como así también con todas las leyes locales que rigen su negocio personal y con ZARPE, en su país de residencia y su conducta. Es muy importante que todos los Afiliados Independientes lean y se adhieran al Contrato. Tenga a bien repasar cautelosamente la información que se encuentra en este contrato. La misma, explica y gobierna la relación entre los Afiliados Independientes y la Compañía. Todas las preguntas con respecto a cualquier norma o regla deberán dirigirse a la Gerencia General (“GG”). 
info@zar.pe


2.3 – Cambios al Contrato

ZARPE se reserva el derecho a criterio exclusivo de modificar el Contrato (incluso y sin limitaciones, la Solicitud y Contrato de Afiliación Independiente con ZARPE, los Términos, Condiciones, y las Normas y Procedimientos), sus precios y los productos que ofrece a su solo y absoluto criterio. La Compañía proveerá, o pondrá a la disposición de todos los Afiliados Independientes, una copia completa de las modificaciones a través de uno o varios de los siguientes métodos: (1) notificaciones en la página virtual oficial de la Compañía; (2) correo electrónico; (3) notificaciones en las publicaciones de la Compañía; (4) notificaciones por escrito en los pedidos de productos o cheques de bonificación; (5) Correos especiales por parte de la Compañía; (6) notificaciones a través de la Oficina Virtual del Afiliado Independiente. La versión vigente y más actualizada será colocada en https://zar.pe/shop/Modules/Politics/TerminosCondiciones.aspx Es la responsabilidad de todo Afiliado Independiente en forma regular a fin de tener conocimiento de las enmiendas publicadas más recientemente. Una vez que las enmiendas sean publicadas, los Afiliados Independientes podrán escoger aceptarlas o rechazarlas. Si el Afiliado Independiente las rechazara, su Contrato será cancelado y no será renovado. Si el Afiliado Independiente continúa llevando a cabo compras o comercializando los productos de la Compañía, inscribiendo o aceptando reembolsos, comisiones o bonos por parte de ZARPE, tales acciones indicarán la aceptación de cualquier enmienda.

2.4 – Demoras

ZARPE no será responsable por las demoras o fallas en el desempeño de sus obligaciones cuando el desempeño se haga comercialmente impracticable debido a circunstancias fuera del control razonable. Esto comprende, sin limitaciones, huelgas, dificultades laborales, disturbios, guerra, incendios, muerte, cese de la fuente de provisiones de una de las partes, o decretos u órdenes gubernamentales.

2.5 – Disgregabilidad

Si se establece que alguna provisión del Contrato, en su forma actual o enmendada, no es válida o imposible de implementar por cualquier razón, sólo las partes inválidas de la provisión serán afectadas y los términos restantes y provisiones permanecerán en vigencia total y efecto, y serán utilizadas como si la parte inválida o de difícil implementación nunca hubieran formado parte del Contrato.

2.6 – Excepción a las Reglas

La Compañía nunca renuncia al derecho de insistir en el cumplimiento con el Contrato y las leyes vigentes que rigen la conducta de un negocio. Ninguna falla de ZARPE para ejercer cualquier derecho o poder bajo el Contrato o de insistir en su estricto cumplimiento por parte del Afiliado Independiente con cualquier obligación o disposición del Contrato, y ninguna costumbre ni práctica de las partes en desacuerdo con los términos del contrato constituirá una renuncia al derecho de ZARPE de exigir estricta adherencia al Contrato. 
La renuncia por parte de ZARPE puede efectuarse sólo por escrito por una persona con poderes autorizados de la Compañía. 
La renuncia de ZARPE de cualquier violación por un Afiliado Independiente no deberá afectar ni perjudicar los derechos de ZARPE con respecto a ninguna violación posterior ni afectará de ninguna forma los derechos ni obligaciones de ningún otro Afiliado Independiente. Ni tampoco ninguna demora ni omisión por parte de ZARPE de ejercer ningún derecho que surja de una violación, afectará ni perjudicará los derechos de ZARPE con respecto a esa violación posterior. La existencia de cualquier reclamo o causa de acción de un Afiliado Independiente contra ZARPE no deberá constituir una defensa a la aplicación por parte de ZARPE de ningún término ni disposición del Contrato.


SECCIÓN 3:
Cómo convertirse en Afiliado Independiente

NORMAS DE CONDUCTA
Todos los Afiliados Independientes se comprometen a:

1. Conducir su persona, así como su negocio y conducta como Afiliado Independiente de forma honesta, moral y legal.
2. Llevar a cabo sus actividades de una forma honorable que hable bien de sí mismos y de ZARPE.
3. Hablar bien de ZARPE, así como de sus competidores.
4. Presentar los productos de forma honesta, siguiendo las pautas establecidas en las publicaciones de ZARPE en lo referente a aseveraciones sobre salud y beneficios.
5. Explicar el Plan de Bonificaciones de forma honesta y completa como lo establecen los materiales corporativos de ZARPE.
6. Respetar la privacidad de otras personas y mantener confidencial la información sobre sus ganancias personales y las ganancias de otras personas.
7. Tomar sus responsabilidades como Patrocinador y Líder ascendente en forma seria, incluso y sin limitantes, estar dispuesto a proveer capacitación, ayuda y apoyo a las personas de su Línea descendente.
8. Cumplir con la garantía y devolución del producto para sí mismos y para sus clientes.
9. Respetar las relaciones profesionales entre ZARPE y cualquiera de sus proveedores, endosantes o socios, hablando apropiadamente de ellos como lo establecen las Normas de ZARPE y, refrenándose de tener contacto con ellos.
10. Dirigir cualquier requisición de información por parte de los medios de comunicación a ZARPE.
11. Mantener un sano respeto con otros Patrocinadores e inscritos a fin de evitar conflictos de intereses.
12. Adherirse al Contrato.
13. Dirigir su Afiliación Independiente de forma profesional a fin de ayudar a proteger la oportunidad de ZARPE para todos.

3.1 – Requisitos para hacerse Afiliado Independiente

Para hacerse Afiliado Independiente de ZARPE todos los solicitantes deberán:

1. Tener un número de documento válido que lo identifique como tal, legalmente en su país de residencia;
2. Presentar una copia de identificación oficial con fotografía que certifique la identidad del Solicitante.
3. Firmar digitalmente aceptando los términos y condiciones establecidos en https://zar.pe/shop/Modules/Politics/TerminosCondiciones.aspx. Queda claro que, al hacerlo, está presentando una solicitud para convertirse en afiliado independiente de ZARPE.
4. Tener como mínimo dieciocho (18) años de edad;

La Compañía se reserva el derecho exclusivo de rechazar cualquier solicitud para un nuevo Afiliado Independiente o las solicitudes de renovación bajo su único y absoluto criterio. El Contrato entra en vigencia una vez que la Solicitud y Contrato del Afiliado Independiente haya sido aceptada por parte de la Compañía como se establece en los Términos y Condiciones, Sección 1. 2. 

3.2 – Inscripción de nuevos Afiliados Independientes por teléfono o por Internet

Al inscribirse por medio de internet en nuestra web: (https://zar.pe/shop/Modules/Enroll/Register)

El solicitante deberá proporcionar toda la información necesaria y correcta: Nombre, Apellido, Teléfono y Correo Electrónico (opcional). Cuando se efectúa una solicitud, hasta que ZARPE obtenga la copia original con toda la información vigente del Afiliado Independiente, incluso copias de las formas de identificación requeridas  por correo electrónico a 
info@zar.pe (o subiéndolo a nuestro sistema), la cuenta del Afiliado Independiente se mantendrá suspendida y no podrá recibir comisiones.

3.3 – Renovación de una Afiliación Independiente de ZARPE

ZARPE no cobra cuotas anuales de renovación, lo cual implica que su Afiliación independiente se renovará en forma automática. ZARPE se reserva el derecho de enmendar las normas referentes al pago anual por renovación y tal cambio será provisto al Afiliado por medio de actualizaciones a las Normas y Procedimientos (“NN. y PP.”). El Afiliado Independiente es responsable de revisar periódicamente por tales cambios en forma regular.

SECCIÓN 4: 
Cómo Operar una Afiliación Independiente de ZARPE


4.1 – Adherencia al Plan de Bonificaciones de ZARPE

Los Afiliados Independientes deben adherirse a los términos del Plan de Bonificaciones, que se encuentra en este vínculo (https://zar.pe/shop/Emprender). 

Los Afiliados Independientes no deberán ofrecer la oportunidad de ZARPE a través de, ni en combinación con ningún otro sistema, programa ni método de comercialización que no sea la literatura específicamente establecida por ZARPE. 
Los Afiliados Independientes no deberán exigir ni alentar a otros Afiliados Independientes presentes o potenciales a participar en ZARPE de ninguna forma discrepante con el programa establecido en los materiales oficiales de ZARPE. 
Los Afiliados Independientes no deberán exigir ni alentar a los Clientes o Afiliados Independientes presentes o potenciales a llevar a cabo ningún acuerdo ni contrato fuera de los acuerdos y contratos oficiales de ZARPE a fin de hacerse Afiliado Independiente de ZARPE. De la misma forma, los Afiliados Independientes no deberán exigir ni alentar a los Clientes o Afiliados Independientes presentes o potenciales a hacer ninguna compra ni pago a ninguna otra entidad a fin de participar en el Plan de Bonificaciones de ZARPE fuera de las compras o pagos identificados como los recomendados o requeridos en la literatura oficial de ZARPE.

4.2 – Entidades Comerciales

Una corporación, sociedad anónima cerrada, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad, fideicomiso o cualquier equivalente según establece la ley (a las que en forma colectiva haremos referencia en esta sección como “Entidad Comercial”) puede solicitar ser Afiliado Independiente de ZARPE al presentar una copia de los documentos de su organización a ZARPE junto con el formulario de inscripción debidamente lleno. 
Si un Afiliado Independiente se inscribió por medio de la Internet, todos los documentos requeridos, así como el formulario de inscripción deben ser presentados a ZARPE dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de la inscripción en línea. (Si no se recibieran dentro del período de 30 días posteriores, el formulario de Solicitud y Contrato del Afiliado Independiente caducarán en forma automática.) 
Los Afiliados Independientes de ZARPE pueden cambiar de individuos a sociedades, corporaciones, fideicomisos o cualquier forma equivalente o, de cualquier tipo de entidad a otra por medio del Formulario de Solicitud de Cambio de Nombre que se obtiene por medio del Departamento de Cumplimiento de ZARPE. 
El formulario de inscripción debe ser firmado por cada uno de los accionistas, socios, directores del fideicomiso, miembros o dueños de la entidad comercial. Los miembros de una entidad comercial relevante están unidos y son igualmente responsables por cualquier adeudo, lastre o cualquier otra obligación hacia ZARPE. 
Un Afiliado Independiente, ya sea persona física o moral (en el caso del conglomerado de individuos detrás de una Entidad Comercial) puede contar con una segunda y tercera posición sólo una vez que las haya obtenido como “Centros Múltiples de Negocios” como se describe en el Plan de Bonificaciones de ZARPE, con esto queda establecido que los individuos que compongan tales entidades no tendrán el derecho de participar de los programas de ZARPE como personas físicas ni ser Afiliados independientes en forma adicional a su participación como miembros de la Entidad Comercial.

4.3 – Menores de Edad

Una persona que es reconocida como menor de edad en el estado o país donde resida, (usualmente menor de 18 años de edad) no puede ser Afiliado Independiente de ZARPE. Los Afiliados Independientes no deberán inscribir ni reclutar a menores de edad dentro del programa de ZARPE.

4.3.1 – En su criterio como empresario independiente un Afiliado independiente puede contratar los servicios y ayuda de menores de edad, pero éstos, al no poseer capacidad legal para asumir contratos legales, no deben ser inscritos como titulares de Afiliaciones Independientes ni utilizar testaferros con el propósito de defraudar a la Compañía.

4.3.2 – Los menores de edad que deseen participar del programa de negocios de ZARPE podrán ser co-solicitantes de una Afiliación Independiente donde el titular sea padre, madre, tutor o guardián legal del menor y no ser, al momento de la inscripción, Afiliado(a) Independiente. En tal caso, las restricciones de la Cláusula “Dos por Casa” se aplicarán (véase la Sección 4.4 “Dos por Casa”).

4.4 – Una Afiliación Independiente de ZARPE por persona y dos por casa.
Sólo con la excepción provista en la Sección 4.4, un Afiliado Independiente puede operar o tener un interés de propiedad, legal o equiparable, como propietario exclusivo, socio, accionista, director, miembro, dueño o beneficiario, en una sola Afiliación Independiente en ZARPE. 
Los individuos dentro de la misma unidad familiar no pueden participar o tener interés en más de una Afiliación Independiente en ZARPE (véase la Sección 6.5 “Acumulación”). Una “Unidad Familiar” se define como los cónyuges (según la definición que se encuentra más adelante) e hijos dependientes (expresamente los considerados menores de edad) que vivan o lleven a cabo sus negocios desde el mismo domicilio. 
A fin de mantener la integridad del Plan de Bonificaciones de ZARPE, los esposos y esposas o convivientes (en forma colectiva “cónyuges”) que deseen ser Afiliados Independientes ZARPE por separado, deben utilizar un formulario de Solicitud y Contrato del Afiliado Independiente y deben tener el mismo Patrocinador y estar patrocinados debajo de la misma línea de patrocinio. El cónyuge puede ser colocado debajo de su cónyuge o de la entidad comercial de su cónyuge en tanto que ambos estén inscritos por el mismo Patrocinador. Las personas pueden contar con una segunda y tercera posición sólo una vez que las hayan obtenido como “Centros Múltiples de Negocios” como se describe en el Plan de Bonificaciones de ZARPE.

4.4.1 –Acciones de familiares o personas afiliadas -Si un miembro de la unidad familiar inmediata de un Afiliado Independiente se involucra en cualquier actividad que, de ser llevada a cabo por el Afiliado Independiente, violará cualquier provisión del Contrato, tal actividad será considerada como una violación por parte del Afiliado Independiente y ZARPE puede tomar acciones correctivas en contra del Afiliado Independiente de acuerdo a lo establecido en el Contrato. 
Del mismo modo, si un individuo asociado de cualquier forma con una entidad comercial (en forma colectiva “Individuo Afiliado”) violara el Contrato, tal acción será considerada una violación de la entidad y ZARPE puede tomar acciones correctivas contra la Entidad Comercial.

4.5 – Condición de Contratista Independiente
Los Afiliados Independientes se consideran contratistas independientes, no empleados de la Compañía. Los
Afiliados Independientes NO son compradores de franquicia ni de oportunidad de negocios. El contrato entre ZARPE y sus Afiliados Independientes no crea una relación de empleador/empleado, agencia, sociedad o empresa conjunta entre la Compañía y el Afiliado Independiente. Por favor deje pasar treinta (30) días a partir de la fecha en que ZARPE haya recibido la solicitud hasta que sea procesada. ZARPE puede, como derecho exclusivo, exigir documentos notariales antes de implementar cualquier cambio a una Afiliación Independiente ZARPE. 
Un Afiliado Independiente no será tratado ni considerado como empleado por sus servicios ni para efectos fiscales. Los Afiliados Independientes son responsables de pagar todas las contribuciones fiscales que se apliquen a nivel tributario, como resultado de la compensación obtenida como Afiliado Independiente de la Compañía. Los Afiliados Independientes no tienen autoridad (expresa ni implícita) para vincular a la Compañía a ninguna obligación. Todos los Afiliados Independientes deberán establecer sus propias metas, horas y métodos de venta, siempre y cuando cumplan con los términos del Contrato, estas Normas y Procedimientos y las leyes vigentes.

4.6 – Inscripción/Colocación o Patrocinio
Todos los Afiliados Independientes activos en buena conducta pueden inscribir (patrocinar) y colocar a otros Afiliados dentro del programa ZARPE. Cada posible Afiliado Independiente tiene la última palabra en escoger a su propio Patrocinador de Registro, pero su ubicación en el árbol binario será asignada por la compañía de manera automática. Si dos Afiliados Independientes aseveran ser el Patrocinador de Registro del mismo Afiliado Independiente, la Compañía dará por entendido que la primera solicitud de inscripción que se haya recibido en la Compañía será la titular, este mismo principio será utilizado cuando se descubra que existe más de una Afiliación cuyo principal interesado ya esté inscrito y sea Afiliado Independiente (ver Sección 6.3, “Cruce de Patrocinio”).

4.7 – Cambios a una Afiliación Independiente de ZARPE
4.7.1 – General – Los Afiliados Independientes deben notificar en forma inmediata a ZARPE de
cualquier cambio en la información contenida en su formulario de Solicitud y Contrato del Afiliado
Independiente realizado por internet en nuestra web:
https://zar.pe/shop/Modules/Enroll/Register. Los Afiliados Independientes pueden modificar su formulario de Solicitud y Contrato del Afiliado Independiente vigente (por ejemplo: cambiar su Número de teléfono, correo electrónico, numero de RUC… etc.) presentando por escrito una solicitud por medio de una carta de cambio de información o haciéndolo directamente en su perfil ubicado en la herramienta de negocio en línea: https://www.zar.pe/Zarpe/Profile_Zarpe.aspx, y cualquier otra documentación pertinente.

4.7.2 – Añadir un Co-Solicitante -Al añadir un co-solicitante (ya sea un individuo o Entidad Comercial) a una Afiliación Independiente ZARPE, la Compañía exigirá una solicitud por escrito con firma legalizada, que contenga los Números de identificación del solicitante y del co-solicitante, así como sus firmas. 
A fin de evitar la elusión o evasión de la Sección 4.9 (referente a las transferencias de y asignación de propiedad de una Afiliación Independiente ZARPE), el solicitante original debe permanecer como el titular de formulario de Solicitud y Contrato del Afiliado Independiente. Si el Afiliado Independiente original deseara cancelar su relación con la Compañía, deberá transferir o asignar su negocio de acuerdo con la Sección 4.9. Si este proceso no se observara, ZARPE podría cancelar la Afiliación Independiente al retirarse el Afiliado Independiente titular. 
Todas las bonificaciones y comisiones pendientes de pago se retendrán para efectos de cualquier monto pendiente a cancelar de parte del afiliado independiente con ZARPE. 
Por favor, tenga en cuenta que las modificaciones permitidas dentro de los parámetros de esta Sección 4.7.2 no incluyen cambios de Patrocinador de registro o Patrocinador de Colocación. Los cambios de Patrocinador de registro o de colocación se especifican en la Sección 4.7.3 más abajo. Existe una cuota o gasto administrativo por cada cambio solicitado, el cual debe incluirse con la petición por escrito y el formulario de Solicitud y Contrato del Afiliado Independiente adecuadamente lleno (para obtener información sobre el monto de la cuota o gasto administrativo, por favor póngase en contacto con el Departamento de Atención al Cliente del país de residencia).

4.7.3 – Cambios de Patrocinador – Para proteger la integridad de todas las organizaciones de mercadeo, y salvaguardar el trabajo dedicado de todos los Afiliados Independientes, ZARPE categóricamente se opone a los cambios de Patrocinadores de Registro o de Colocación. El mantener la integridad del patrocinio es crucial para el éxito de todos los Afiliados Independientes y las organizaciones de mercadeo.
En base a esto, las transferencias de Afiliaciones Independientes ZARPE de un Patrocinador a otro son raramente permitidas. Las peticiones de cambio deben ser presentadas poniéndose en contacto con la Gerencia General de cada país a través de su departamento de desarrollo de negocios, y deben ser acompañadas de una razón para el cambio. 
Cualquier cambio será el derecho exclusivo de la Compañía. Si el cambio es aprobado, sólo se permitirá un cambio por Patrocinador. El cambio de Patrocinador sólo será considerado bajo las siguientes dos (2) circunstancias, indicado en Sección 4.7.3.1 & 4.7.3.2.

4.7.3.1 – En casos de aliciente fraudulento, patrocinio antiético/predatorio, un Afiliado Independiente puede solicitar ser transferido o cambiado de una organización a otra con toda su Organización de mercadeo intacta. Todas las solicitudes de transferencias o cambios que informen acerca de prácticas fraudulentas de patrocinio serán evaluadas en forma individual, caso por caso.

4.7.3.2 – Los Afiliados Independientes que soliciten la transferencia o cambio presentarán el Formulario de Solicitud de Cambio de Patrocinador adecuadamente lleno, el cual cuente con la aprobación por escrito de su patrocinador de registro enviada a través del correo electrónico registrado de su patrocinador en ZARPE. 
Los Afiliados Independientes que soliciten la transferencia deben presentar la cuota por gastos administrativos y de procesamiento de datos mínimo US$100.00. El Afiliado Independiente a transferir también desea mover a cualquiera de los Afiliados Independientes de su Organización de mercadeo, cada Afiliado Independiente de la Línea descendente debe proveer un Formulario de Solicitud de Cambio de Patrocinador y retornarlo a ZARPE adecuadamente lleno con el respectivo pago de la cuota administrativo(por ejemplo: el Afiliado Independiente a transferir y cada Distribuidor de su Organización de mercadeo multiplicado por el pago de la cuota administrativa para mover una organización ZARPE.) 
Los Afiliados de la Línea descendente no se moverán con el Afiliado Independiente a transferir a menos de que todos los requisitos como se establecen en esta Sección 4.7.3.2 queden satisfechos. Los Afiliados Independientes a transferir deben dejar pasar treinta (30) días a la recepción por parte de ZARPE del Formulario de Solicitud de Cambio de Patrocinador para evaluación y proceso.

4.7.4 – Cambio de Patrocinador de Colocación - Los nuevos patrocinados son colocados automáticamente en el árbol binario, por lo que, un cambio de patrocinador de colocación es muy rara vez realizado. Cualquier cambio posterior se llevará a cabo de acuerdo con y por medio del Formulario de Solicitud de Cambio de Patrocinador adecuadamente lleno, el cual requiere la autorización por escrito de los seis (6) Patrocinadores de Registro inmediatos en su línea ascendente (Sin excepciones).
El Afiliado Independiente que solicite la transferencia deberá enviar el pago para cubrir los gastos administrativos mínimo US$200.00 y de procesamiento de datos. Los Afiliados Independientes a transferir deberán esperar treinta (30) días a partir de la fecha en que ZARPE haya recibido el Formulario de Solicitud de Cambio de Patrocinador para que sea procesado, mientras sea evaluado. Si el cambio es aprobado, sólo se permitirá un cambio por Patrocinador de colocación por Afiliado Independiente y Cliente.

4.7.5 – Cancelación y Nueva Solicitud – Los Afiliados Independientes pueden cambiar de organización de mercadeo al cancelar en forma voluntaria su Afiliación Independiente ZARPE y manteniéndose inactivos (es decir, no realizan compras de productos ZARPE para revender, no llevan a cabo ventas de productos ZARPE, no inscriben a nadie en su organización, no asisten a ninguna actividad de ZARPE, no participan en ninguna otra forma como Afiliados Independientes ni operan de ninguna otra forma su Afiliación Independiente ZARPE por seis (6) meses calendario completos. 
Después de aprobada la solicitud de cancelación y del cumplimiento del período de inactividad de seis (6) meses, que la realiza nuestro sistema de manera automática, el ex Afiliado Independiente podrá afiliarse nuevamente debajo de un nuevo Patrocinador. ZARPE considerará la excepción al período de espera de seis (6) meses bajo circunstancias especiales. 

4.8 – Ascenso por Compresión de la organización de mercadeo
Cuando ocurra una vacancia de posición dentro de una organización de mercadeo, debido a una inactividad de seis meses o por la desvinculación de un Afiliado Independiente de ZARPE, los Afiliados Independientes dentro de la Línea de Patrocinio de la Colocación inactiva o desvinculada, se beneficiaran con lo que llamamos compresión de niveles, lo que hará que los bonos consideren a la posición que ha sido vacada como un símbolo de (=), que indica que todo lo que se ganaría en bonos de nivel seguirá buscando un nivel activo. Los movimientos se rigen por la fecha y momento de afiliación. La colocación del árbol binario no surtirá ningún cambio, es decir NO es reorganizada, y esas posiciones inactivas (vacías) serán eliminadas después de seis meses de inactividad, generando una “Cicatriz” que permanecerá ahí como evidencia de una posición vacada.

4.9 – Venta, transferencia o asignación de una Afiliación Independiente de ZARPE
A pesar de que las Distribuciones Independientes de ZARPE son de propiedad privada y operadas en forma independiente, la venta, transferencia o asignación de una Afiliación Independiente de ZARPE está sujeta a ciertas limitaciones. Si un Afiliado Independiente desea vender su Afiliación Independiente de ZARPE, deberá satisfacer los siguientes requisitos:
1. Antes de la venta de una Posición de Afiliación Independiente ZARPE, el Afiliado deberá notificar por escrito a ZARPE, su intención de vender su posición de Afiliación Independiente. La venta o transferencia de una Posición de Afiliación Independiente ZARPE, no generará cambios en la línea de patrocinio.
2. La transacción estará sujeta a la aprobación y criterio exclusivo de ZARPE.
3. Si el comprador es un Afiliado Independiente activo, deberá necesariamente renunciar a su posición de Afilado Independiente, y esperar por lo menos seis (6) meses antes de volverse a afiliar con una posición de Afiliado Independiente.
4. El Afiliado Independiente vendedor debe esperar un período de seis (6) meses desde la fecha de la venta, transferencia o asignación de su Afiliación Independiente de ZARPE antes de ser apto para volver a inscribirse como Afiliado Independiente de ZARPE. La aceptación de una nueva Solicitud de Afiliación estará de nuevo sujeta a la aprobación de ZARPE.

4.10 – Divorcio o Separación de una Afiliación Independiente ZARPE
Los Afiliados Independientes de ZARPE ocasionalmente operan sus Afiliaciones Independientes de ZARPE como esposo y esposa en forma mancomunada a través de una Entidad Comercial. Si en algún momento el matrimonio termina o se disuelve la Entidad Comercial, se deben hacer los arreglos pertinentes a fin de asegurar de que la separación o la disolución no afecten en forma adversa los intereses ni los ingresos de otros Afiliados Independientes de la organización ascendente o descendente. 
Si las partes que se separen no hicieran arreglos para el beneficio de los intereses de otros Afiliados Independientes y de la Compañía, ZARPE puede desvincular e inmediatamente cancelar en forma involuntaria el Contrato y ascender por compresión la Afiliación Independiente con la totalidad de la Organización de mercadeo de acuerdo a la Sección 4.8. Bajo ninguna circunstancia ZARPE permitirá que se divida la Organización Descendente de una pareja en proceso de divorcio o de separación legal ni en el caso de la disolución de una Entidad Comercial o de las partes separadas. 
De igual forma, bajo ninguna circunstancia ZARPE dividirá las comisiones o bonificación entre una pareja en proceso de divorcio o de separación legal ni en el caso de la disolución de una Entidad Comercial. ZARPE reconocerá sólo la Organización Descendente y emitirá sólo una sola comisión por negocio ZARPE por ciclo de comisiones. Las comisiones serán expedidas al individuo o Entidad Comercial de la Distribución. En el caso de que las partes de un divorcio o del proceso de una disolución no lleguen a resolver la disputa en cuanto a la disposición de las comisiones y de la propiedad de la Afiliación Independiente, las comisiones continuarán siendo pagadas a la persona que aparezca como titular principal de la cuenta.
Si algún ex-cónyuge o individuo ex Afiliado sede completamente todos los derechos de su Afiliación Independiente ZARPE, esta persona estará en la capacidad de inscribirse con cualquier Patrocinador de su elección, en tanto que cumpla con el período de espera requerido de acuerdo a la Sección 4.7.4. Sin embargo, en tal caso el ex cónyuge o ex-socio no poseerá ningún derecho sobre ninguna organización descendente de la organización. El ex-cónyuge o ex Afiliado deberá establecer una nueva Organización de Mercadeo en la misma forma en la que lo haría cualquier otro nuevo Afiliado Independiente.

4.11 – Sucesión
Ante la muerte o discapacidad de un Afiliado Independiente, su Afiliación Independiente podrá pasar a uno de sus herederos. Deberá presentarse a la Compañía la documentación legal adecuada a fin de asegurar que la transferencia sea apropiada. Por consiguiente, los Afiliados Independientes deberán consultar con un abogado a fin de obtener ayuda en la preparación de un testamento u otro documento similar. 
Cuando una Afiliación Independiente ZARPE es transferida por medio de alguna herencia o proceso testamentario, el heredero o sucesor legal en interés adquiere todos los derechos de colectar todas las distribuciones financieras (como lo define Sección 12) de la Organización de Mercadeo del Afiliado Independiente fallecido, en tanto que los siguientes requisitos se satisfagan. El heredero que sea parte interesada deberá cumplir las siguientes condiciones:

1. Presentar un formulario de Solicitud y Contrato del Afiliado Independiente y cualquier documentación
adicional necesaria;
2. Cumplir con todos los términos y provisiones del Contrato y,
3. Cumplir con todos los requisitos de calificación de acuerdo al Rango del Afiliado Independiente fallecido.
4. Las bonificaciones y/o comisiones de una Afiliación Independiente ZARPE que haya sido
transferida de acuerdo con esta Sección 4.11 serán pagados en un solo importe a los herederos que sean parte interesada.
5. Si la Afiliación Independiente fuera heredada por múltiples sucesores o partes interesadas, las mismas deberán formar una Entidad Comercial y adquirir un número de identificación fiscal. 

4.12 – Transferencia debido a la defunción de un Afiliado Independiente
A fin de cumplir con una transferencia testamentaria de una Afiliación Independiente ZARPE, el sucesor o heredero parte interesada deberá proporcionar lo siguiente a ZARPE:
1. Un certificado original de defunción;
2. Una copia notarial del testamento o cualquier otro instrumento legal que establezca el derecho del sucesor a la Afiliación Independiente y,
3. El formulario de Solicitud y Contrato del Afiliado Independiente adecuadamente lleno, así como cualquier otra documentación requerida.
Si el sucesor parte interesada ya fuera Afiliado Independiente de ZARPE, la Compañía puede otorgar una excepción a la provisión de una Distribución por Unidad Familiar por medio de una solicitud por escrito por parte del sucesor o parte interesada.
4.13 – Transferencia Debido a Discapacidad de un Afiliado Independiente
Para llevar a cabo la transferencia de una Afiliación Independiente ZARPE debido a discapacidad, un representante legalmente autorizado deberá proporcionar la siguiente información a ZARPE: (1) Copia notarial sobre el nombramiento de un encargado o representante legal; (2) La copia notarial del documento del fideicomiso o cualquier otra documentación que establezca el derecho del representante de administrar la Afiliación Independiente de ZARPE y, (3) Carta de entendimiento explicito, asumiendo la posición en el nuevo Contrato del Afiliado Independiente ejecutada por el representante.
Si el representante de la parte interesada ya fuera Afiliado Independiente de ZARPE, la Compañía puede otorgar
una excepción a la provisión de una Distribución por Unidad Familiar por medio de una solicitud por escrito por
parte del sucesor o parte interesada.

4.14 – Errores o Preguntas
Si un Afiliado Independiente tuviera preguntas o creyera que existen errores en lo referente a comisiones, bonos, Informes de Actividad de la Organización Descendente, o cargos a tarjetas de crédito, el Afiliado Independiente deberá notificar a ZARPE por escrito dentro de sesenta (60) días a la fecha del supuesto error o incidente en cuestión. ZARPE no será responsable de ningún error, omisión o problema no informado a la Compañía dentro de sesenta (60) días a la fecha del supuesto error o incidente en cuestión.

SECCIÓN 5: 
Responsabilidades de los Afiliados

5.1 – Cambios de dirección, teléfono o correo electrónico

A fin de asegurar la entrega eficaz de los productos, materiales de apoyo y de bonificación, es de suma importancia que las bases de datos de ZARPE estén al día. Las direcciones domiciliarias son requeridas para efecto de envíos puesto que los productos de ZARPE no serán entregados a casillas o apartados postales. 
Los Afiliados Independientes que estén planeando mudarse de domicilio, o cambiar de número telefónico o correo electrónico, deberán notificar dichos cambios las Oficinas Corporativas de ZARPE con atención al Departamento de Atención al Cliente. 
Si un Afiliado Independiente participa en la actualidad del programa de Suscripción Mensual, el envío será automáticamente actualizado con el nuevo domicilio. 
Si se hubiera presentado a ZARPE más de un cambio de domicilio, el más reciente tendrá preponderancia sobre los anteriores. Por favor. Por favor deje pasar treinta (30) días a partir de la fecha en que ZARPE haya recibido la solicitud hasta que sea procesada. Cuando existen órdenes de pedido pendientes a través de la Oficina Virtual del Afiliado, ésta tendrá efecto inmediato, a menos que el mismo sea efectuado con una anticipación previa de cinco días o menos.

5.2 – Obligaciones de Desarrollo Continuo

5.2.1 –Capacitación Continua - Los Afiliados Independientes exitosos que inscriben a un nuevo Afiliado Independiente (el “Patrocinador”) llevan a cabo ayuda y capacitación de buena fe a fin de asegurar que los integrantes de su Organización Descendente estén llevando a cabo su Afiliación Independiente ZARPE en forma correcta. 
Los Afiliados Independientes exitosos mantienen contacto y comunicación con los Afiliados   independientes de sus Organizaciones Descendentes. 
Los tipos de contacto y comunicación pueden incluir, pero sin limitarse a: boletines, correspondencia por escrito, reuniones personales, contactos telefónicos, de mensajería de bonos, mensajes electrónicos y, la participación conjunta de los Afiliados Independientes en reuniones, sesiones de capacitación y otras actividades de ZARPE. Los Afiliados Independientes exitosos de la Organización Ascendente (los “Patrocinadores”) también motivan y capacitan a los Afiliados Independientes en lo referente a conocimiento del producto, técnicas eficaces de ventas, el Plan de Bonificaciones ZARPE y cumplimiento con las Normas y Procedimientos de la Compañía. Sin embargo, la comunicación y capacitación de los Afiliados Independientes descendentes no deben violar la Sección 8.1 (referente al desarrollo de los Afiliados Independientes de la Organización Descendente) para asegurarse de que los Afiliados Independientes de la Organización Descendente no hagan aseveraciones inadecuadas acerca del producto o del negocio o, se involucren en conductas ilegales o inadecuadas. A pedido de ZARPE, los Afiliados Independientes deberán estar en condiciones de presentar evidencia documentada a ZARPE de sus esfuerzos continuados como mentores y Patrocinadores. 

5.2.2 –Mayores responsabilidades de Capacitación - A medida que los Afiliados Independientes
progresen a través de los distintos rangos de liderazgo, estos estarán mejor capacitados en técnicas de ventas, conocimientos del producto y comprensión del programa ZARPE. Es posible que se los invite de cuando en cuando a compartir su conocimiento con personas que tengan menos experiencia dentro de sus organizaciones.

5.2.3 – Responsabilidades Continuas de Ventas – Independientemente de su nivel de éxito, los
Afiliados Independientes exitosos promueven continuamente y en forma personal las ventas al generar clientes nuevos, a través del servicio a sus clientes existentes y por medio de ventas al menudeo y a Clientes Preferidos que no sean Afiliados Independientes.

5.3 – No Menospreciar
ZARPE desea proveer a sus Afiliados Independientes los mejores productos, el mejor Plan de Bonificaciones y el mejor servicio de la industria. Por consiguiente, valoramos su crítica constructiva y comentarios. Todos los comentarios deben presentarse por escrito al Departamento de Servicios al Distribuidor. Los Afiliados Independientes no deberán, sin embargo, menospreciar, degradar ni hacer comentarios negativos sobre ZARPE, otros Afiliados Independientes de ZARPE, los productos de ZARPE, el Plan de Bonificaciones, ni los directores, oficiales ni empleados de ZARPE.

5.4 – Cómo Proporcionar Documentación a los Solicitantes
El Patrocinador debe proveer la versión más actualizada del Manual de Normas y Procedimientos y del Plan de Bonificaciones a las personas que considere inscribir como Afiliados Independientes, antes de que ellos llenen y firmen la Solicitud y Contrato del Afiliado Independiente. Es posible obtener copias de las Normas y Procedimientos por medio de la página oficial de Internet de ZARPE: https://www.zar.pe/. 

5.5 – Denuncia de Violaciones a las Normas

Los Afiliados Independientes que se percaten de la violación de las Normas por parte de otro Afiliado Independiente, deberán presentar un informe por escrito sobre la violación a la oficina de atención al cliente de su país de residencia. de ZARPE. Los detalles de los incidentes, tales como fechas, número de casos, las personas involucradas y cualquier documentación que sirva de comprobante deberán formar parte del informe.

5.6 – Aseveraciones Sobre la Compañía

Ningún Afiliado Independiente puede hacer comentarios acerca de que cuenta con privilegios especiales por parte de la Compañía o que de alguna forma está exento de las mismas obligaciones y requisitos de cualquier otro Afiliado Independiente ZARPE.

SECCIÓN 6: 
Conflictos de Interés

Los Afiliados Independientes pueden participar en otros negocios de ventas directas o redes de mercadeo o multinivel (en general “Negocios de Mercadeo en Redes”) en tanto que tales actividades no afecten en forma negativa los intereses comerciales de ZARPE. También los Afiliados Independientes se pueden involucrar en actividades de ventas de productos o servicios que no estén relacionados ni compitan con los de ZARPE si así lo desean. Si los Afiliados Independientes eligieran participar en otro Negocio de Mercadeo en Redes, a fin de evitar conflictos de intereses y lealtad, los Afiliados Independientes deben adherirse a lo siguiente:

6.1- Cláusula de Exclusividad

Durante el término del Contrato, el Afiliado Independiente no se involucrará en ningún intento de reclutar o inscribir a un Afiliado Independiente ZARPE en otros Negocios de Mercadeo en Redes, u otras empresas de la competencia, ya sea directamente o a través de terceros. Esto incluye, pero no se limita a, presentar o ayudar a presentar otro Negocio de Mercadeo de Redes a cualquier Afiliado Independiente o Cliente ZARPE, en forma implícita o explícita animar a Afiliado Independiente ZARPE a unirse a otro Negocio de Mercadeo en Redes.

6.1.1 – Por el periodo de seis (6) meses a la fecha de la Cancelación de la Solicitud y Contrato del Afiliado Independiente, se prohíbe que el ex Afiliado Independiente reclute a cualquier Afiliado Independiente ZARPE para otro Negocio de Mercadeo en Redes. Al firmar el Contrato del Afiliado Independiente, todos los Afiliados Independientes aceptan que la Compañía está tratando de proteger sus legítimos intereses comerciales por medio de esta prohibición y que tal prohibición es razonable en su alcance y duración.

6.1.2 - Durante el término del Contrato, los Afiliados Independientes no deberán:

6.1.2.1 – Producir ni transferir ninguna literatura, CD, DVD ni otros materiales promocionales de ninguna clase, de otro Negocio de Mercadeo en Redes el cual sea utilizado por el Afiliado Independiente para reclutar Afiliados Independientes ZARPE para ese negocio de mercadeo en redes;
6.1.2.2 – Vender, ofrecer en venta o promover cualquier producto o servicio que compita con los de ZARPE a los Afiliados Independientes ZARPE, o clientes. (Un producto de competencia es considerado ser cualquier producto dentro del mismo rubro genérico a los que pertenecen los productos ZARPE se considera competidor, por ejemplo: cualquier complemento o suplemento nutricional dentro de la misma categoría genérica de los complementos alimenticios de ZARPE, particularmente si son enriquecidos con Ganoderma Lucidum o Súper Alimentos, en cualquier forma o presentación, incluso bebidas, sin importar las diferencias en costo, calidad, ingredientes o contenido alimenticio). 
Los ejemplos aquí contenidos no deben ser considerados como una lista completa de “productos o compañías competidoras”. La Compañía se reserva el derecho de declarar cualquier categoría (aún aquellas no mencionadas aquí) que razonablemente pueda considerar como competidora y retiene el derecho exclusivo de aplicar acciones correctivas, penalidades y sanciones a cualquier Afiliado que no observe la presente cláusula de No-Competencia.

6.1.2.3 – Ofrecer los productos ZARPE o promover el Plan de Bonificaciones de ZARPE en combinación con productos, servicios, planes de negocios, oportunidades o incentivos que no sean de ZARPE.

6.1.2.4 – Promover cualquier producto, servicios, planes de negocios, oportunidades o
incentivos que no sean de ZARPE durante reuniones, seminarios, lanzamientos, convenciones
u otras actividades de ZARPE inmediatamente después de tal actividad.

6.2 – Cómo Captar el Interés de Otras Personas Involucradas en Ventas Directas

ZARPE no alienta a los Afiliados Independientes a enfocarse en los afiliados o distribuidores de otras compañías de ventas directas para que vendan los productos de ZARPE o se conviertan en Afiliados Independientes de ZARPE. ZARPE tampoco incita o induce a los Afiliados Independientes a inducir ni promover que los miembros de las fuerzas de venta de otras compañías de ventas directas violen los términos de sus contratos con tales compañías.

6.3 – Cruce de Patrocinio

Cualquier acto o intento de llevar a cabo cruces de patrocinio está estrictamente prohibido. El “Cruce de Patrocinio” se define como el inscribir a un individuo o entidad que actualmente cuente con un Contrato en los registros de ZARPE o que haya tenido un contrato en los seis (6) meses calendario previos, dentro de una línea de patrocinio distinta. El uso del nombre de un cónyuge o pariente, registros de marca, nombres de negocios, corporaciones, sociedades, fideicomisos, números de identificación fiscal o números ficticios de identificación para eludir esta norma o cualquier otra provisión del Contrato está estrictamente prohibido.

6.3.1 – Los Afiliados Independientes no menospreciarán, desacreditarán ni difamarán a otros Afiliados Independientes ZARPE en un intento por inducir a otros Afiliados Independientes a formar parte de la Organización de Mercadeo del primer Afiliado Independiente. Sin importar la situación misma, esta norma no prohibirá la transferencia de una Afiliación Independiente ZARPE de acuerdo con la Sección 4.9. Si se descubriera el cruce de patrocinio o patrocinio cruzado, deberá llevarse a la atención de la Compañía de inmediato.

6.3.2 – ZARPE puede tomar acciones en contra del Afiliado Independiente que cambie de organización, así como de aquellos Afiliados Independientes que induzcan o participen en los Cruces de Patrocinio.
ZARPE puede también mover toda o parte de la organización del Afiliado Independiente a su organización original si la Compañía considerara que es justo y posible hacerlo. No obstante, ZARPE no tiene obligación de mover la organización del Afiliado Independiente que fue patrocinado por cruce de patrocinio, y la colocación final de la organización queda al criterio único de ZARPE. Los Afiliados Independientes renuncian a cualquier reclamación y causas de acción legal contra ZARPE que surjan como resultado o estén relacionadas con la disposición de la Organización Descendente del Afiliado Independiente patrocinado por Cruce de Patrocinio


6.4 – Retención de Solicitudes o Pedidos
Los Afiliados Independientes no deben manipular la inscripción de nuevos solicitantes ni la compra de productos.
Todas los Contratos de los Afiliados Independientes y las compras de productos deben ser enviadas
a ZARPE dentro de cuarenta y ocho (48) horas a la hora en la que un nuevo Afiliado Independiente haya firmado
o que las compras de producto hayan sido efectuadas por un cliente, respectivamente (véase la Sección 6.5 “Acumulación”).

6.5 –Acumulación

La “acumulación” está terminantemente prohibida. El término Acumulación comprende: (1) el no transmitir o retener Alguna afiliación de un nuevo Afiliado Independiente por más de dos (2) días hábiles después de su ejecución (véase la Sección 6.4); (2) la violación de la regla de las dos Distribuciones Independientes por Unidad Familiar (véase la Sección 4.4); y (3) la inscripción de individuos o Entidades Comerciales ficticios en el programa ZARPE (véase la Sección 10.4 “Prohibición de la Compra de Bonificaciones)

SECCIÓN 7: 
Comunicación y Confidencialidad Dentro de una Afiliación Independiente de ZARPE

7.1 – Actividad de la organización (Informes genealógicos)
Los Informes de Actividad de Organización Descendente están disponibles para que los Afiliados Independientes tengan acceso y puedan ver en su Oficina Virtual de ZARPE. El acceso a los Informes de Actividad de Organizaciones Descendentes de los Afiliados Independientes está protegido por contraseñas. Los Informes de Actividad de Organización Descendente y la información que contienen son confidenciales y constituyen información exclusiva y secretos profesionales que son propiedad de ZARPE. Los Informes de Actividad de Organización Descendente se proveen bajo la confidencia más estricta y se ponen a la disposición de los Afiliados Independientes con el único propósito de ayudar a los Afiliados Independientes a trabajar con sus respectivas
Organizaciones Descendentes en el desarrollo de sus Distribuciones Independientes ZARPE. Los Afiliados Independientes deberán usar los Informes de Actividad de Organización Descendente para ayudar, motivar y capacitar a los Afiliados Independientes de su Organización Descendente y apoyar a sus clientes. Los Afiliados Independientes y ZARPE reconocen y acuerdan que, de acuerdo con este contrato de confidencialidad y no divulgación, ZARPE no proporcionará Informes de Actividad de la Organización a los Afiliados Independientes.
Los Afiliados Independientes no deberán, por sí mismos ni a nombre de otras personas, sociedades, asociaciones, corporaciones u otras entidades:

1. Divulgar directa ni indirectamente a ningún tercero ninguna información del Informe de Actividad de la Organización Descendente.
2. Divulgar directa ni indirectamente la contraseña u otro código de acceso a su Informe de Actividad de la Organización.
3. Utilizar la información para competir con ZARPE ni con ningún otro fin que no sea el de promover su Afiliación Independiente de ZARPE.
4. Reclutar o solicitar que algún Afiliado Independiente de ZARPE, presente en el informe, o de cualquier manera tratar de influenciar o inducir a cualquier Afiliado Independiente a que modifique su relación de negocios con ZARPE.
5. Utilizar, revelar a cualquier persona, sociedad, asociación, corporación o cualquier otra entidad, cualquier información que el Informe de Actividad de Organización Descendente contenga. A pedido de la Compañía, los Afiliados Independientes actuales o pasados deberán retornar los originales y todas las copias del Informe de Actividad de Organización Descendente
6. Se considera una violación de estas Normas y Procedimientos que los Afiliados Independientes o un tercero acceda a la base de datos por medio ingeniería reversa, monitoreo de tecleo o de cualquier otra forma

7.2 – Optar Inclusión en las Comunicaciones
Los Afiliados Independientes reconocen y aceptan que ZARPE puede enviar mensajes no solicitados a los Afiliados Independientes, ya sea en la forma de correos electrónicos, mensajes de texto, faxes o llamadas telefónicas o algún otro formato, ya sea pregrabadas o personales, en cualquier momento, siempre y cuando tales mensajes estén relacionados con el negocio de ZARPE

SECCIÓN 8: 
Publicidad

8.1 – General
Todos los Afiliados Independientes, deberán utilizar sólo los recursos de ventas y materiales de apoyo producidos por ZARPE. La Compañía ha diseñado en forma cautelosa sus productos, las etiquetas de los productos, el Plan de Bonificaciones y los materiales promocionales a fin de asegurar que la presentación de todos los aspectos de ZARPE sea justa, verídica y corroborada y que cumpla con las vastas y complejas exigencias legales federales, estatales y otras leyes locales aplicables. 
Este mandato fue con el propósito de salvaguardar y promover la buena reputación y las marcas establecidas de ZARPE y sus productos, y asegurar que la promoción de ZARPE, la oportunidad de ZARPE, el Plan de Bonificaciones y los productos de ZARPE estén de acuerdo con el interés público y evitar toda conducta o práctica irrespetuosa, engañosa, poco ética o inmoral.
En el caso de que un Afiliado produzca materiales suplementarios de mercadeo de cualquier clase, incluso, pero sin limitarse a publicidad en cualquier medio de comunicación, folletos, panfletos, CD, grabaciones de audio, posters o carteles, ZARPE exige que tales materiales se presenten al de servicio al cliente de su país, para obtener aprobación antes de utilizarlos en público. Todas las propuestas de materiales deberán enviarse al correo electrónico a 
info@zar.pe (por favor llamar a la Oficina de Atención al Cliente para recibir instrucciones) 
A menos que el Afiliado Independiente reciba la aprobación específica y por escrito de utilizar tales materiales, la solicitud se considerará denegada. Además, ZARPE se reserva el derecho a su criterio, de editar o discontinuar materiales del Afiliado Independiente que haya aprobado previamente.
ZARPE se reserva además el derecho de anular la aprobación de cualquier recurso de ventas, materiales promocionales, publicidad u otra literatura, y los Afiliados Independientes renuncian a todos los derechos a reclamos sobre daños o remuneración que surjan a raíz de o en relación a la anulación.
Los Afiliados Independientes, aun aquellos de rangos o niveles más elevados no podrán hacer ningún reclamo que diga que los documentos o materiales que escribieron o produjeron recibieron la aprobación aun si hubieran recibido aprobación por medio de servicio al cliente para utilizar sus materiales de ventas. Dado que estas normas de acatamiento son vitales para la estabilidad a largo plazo de ZARPE y para mantener la oportunidad para todos, el cumplimiento con estas normas se impondrá de manera estricta. El no obtener aprobación para el uso de materiales de venta suplementarios de cualquier tipo o el no implementar las Normas de la compañía en cualquiera de los materiales podría resultar en cualquiera de las acciones establecidas en la Sección 14.1 incluso, pero sin limitarse a:
1. Notificación formal de advertencia o de probación;
2. Suspensión del pago de comisiones;
3. Cancelación del Contrato de Afiliado Independiente; y
4. Posible litigio.

8.2 – Marcas Registradas y Derechos de Propiedad Intelectual

Ningún Afiliado Independiente deberá utilizar las marcas registradas, marcas, diseños ni símbolos de ZARPE sin previa autorización por escrito. Por ejemplo, excepto en el caso de circunstancias limitadas específicamente tratadas en este documento, los Afiliados Independientes no podrán utilizar ni intentar registrar “ZARPE”, “Zarpe”, “Zarpe con nosotros”, “Zxlim”, “Zxlimbru”, “Zxhine”, “Ganoderma 365”, “ZARPE Vie 365”, “Cordyceps 365”, ni ninguna de las marcas registradas de ZARPE, los nombres de otros productos ni ningún derivado de los mismos que se relacione con la Compañía como nombre de ningún dominio de Internet, ni como adwords en los buscadores de Internet (véase la Sección 8.5.17 – Buscadores), páginas sociales ni blogs, domicilios de correo electrónico, nombres de usuario, nombres de equipos, números de teléfono ni ninguna dirección ni título ni alias que pudiera causar confusión o decepción, en el sentido de que causen que las personas crean o asuman que la comunicación proviene de ZARPE o es de su propiedad. 
Los Afiliados Independientes no podrán producir ni distribuir ninguna grabación de los eventos de la Compañía ni disertaciones sin el previo consentimiento por escrito de ZARPE. Los Afiliados Independientes no podrán reproducir para la venta ni para ningún otro fin ninguna grabación de las presentaciones de audio ni ningún otro medio digital que haya producido la Compañía. 
El nombre “ZARPE,” “Ganoderma 365” y otros nombres que haya adoptado ZARPE son ejemplos de nombres de las marcas exclusivas de la Compañía, marcas registradas y marcas de servicios. Como tales, estas marcas son de gran valor para ZARPE y se les proporcionan a los Afiliados Independientes para su uso, sólo de la forma expresamente autorizada. El uso del nombre ZARPE en cualquier artículo que no haya producido la Compañía está prohibido, con las siguientes excepciones:
El nombre del Afiliado Independiente
Afiliado Independiente de ZARPE™

Todos los Afiliados Independientes deberán listarse como “Afiliado Independiente de ZARPE” o “Afiliado Independiente de Zarpe” en todos los medios publicitarios bajo su propio nombre. Ningún Afiliado Independiente podrá colocar, utilizar ni exhibir avisos publicitarios que contengan ni el nombre ni el logotipo de ZARPE. Los Afiliados Independientes no pueden responder al teléfono diciendo “ZARPE”, “Zarpe”, “ZARPE Perú” ni ninguna otra forma que condujera a quien llame a creer que se comunicó con las Oficinas Corporativas de ZARPE. Del mismo modo, se prohíbe que los Afiliados Independientes utilicen los nombres de personas o compañías, marcas registradas, diseños o símbolos para promover su Afiliación Independiente de ZARPE sin el consentimiento por escrito de una persona con poderes sobre estas marcas, para su posible cesión de uso.

8.3 – Aseveraciones y Acciones no Autorizadas

8.3.1 – Indemnización -Los Afiliados Independientes son enteramente responsables por todas las declaraciones verbales o escritas que hagan sobre los productos ZARPE y el Plan de Bonificaciones que no se encuentren expresamente en los materiales oficiales de ZARPE. Los Afiliados Independientes acuerdan indemnizar a los directores, oficiales, empleados y agentes de ZARPE y a mantenerlos indemnes de toda responsabilidad, incluso, pero sin limitarse a juicios, sanciones civiles, reembolsos, honorarios por servicios legales, costos de tribunales o la pérdida de oportunidades de negocios que hayan afectado a ZARPE como resultado de las representaciones no autorizadas que hayan hecho los Afiliados Independientes. Esta disposición prevalecerá sobre la cancelación del Contrato.

8.3.2 – Aseveraciones Sobre los Productos -Con excepción de las aseveraciones que se encuentran en los materiales oficiales de ZARPE, no está permitido hacer aseveraciones, incluso testimonios personales, sobre propiedades benéficas, terapéuticas o curativas de ninguno de los productos que ofrece ZARPE. 
En particular, ningún Afiliado Independiente hará ninguna aseveración de que los productos de ZARPE son útiles para sanar, tratar, diagnosticar, mitigar o prevenir ninguna enfermedad, manifestación o síntoma de enfermedad. Tales aseveraciones, además de ser una violación de las normas de ZARPE, también constituyen una posible violación de las leyes vigentes, incluso, pero sin limitarse a las leyes federales y estatales, y reglamentos como la ley federal de comidas, fármacos y cosméticos, las leyes federales de libre comercio, estatutos de protección al consumidor, indecopi, y las leyes vigentes en su país de residencia.
Los Afiliados Independientes que ofrezcan testimonios sobre sus experiencias personales con los productos en cualquier medio, deberán prestar especial atención al revelar su afiliación a ZARPE, por ejemplo, “Fulano de Tal, Afiliado Independiente de ZARPE™”, ser honestos al relatar el testimonio de su experiencia personal y reafirmar que su experiencia no representa los resultados típicos que tienen todos los consumidores.
Además, los Afiliados Independientes se abstendrán de compartir las experiencias personales de terceros a menos que tales experiencias puedan ser comprobadas científicamente y tanto ZARPE como el Afiliado que las comparta, cuenta con la aprobación escrita de esa persona.

8.3.3 – Aseveraciones Sobre los Ingresos – En su entusiasmo por inscribir a futuros Afiliados Independientes, algunos Afiliados Independientes suelen tener la tentación de hacer aseveraciones exageradas sobre los ingresos o hacer representaciones sobre los ingresos a fin de demostrar el poder inherente del mercadeo de redes y de ZARPE en particular. Esto es contraproducente debido a que los nuevos Afiliados Independientes podrían desilusionarse muy rápidamente si sus resultados no fueran tan amplios o tan rápidos como los resultados que lograron otras personas. 
En ZARPE, creemos firmemente que el potencial de ingresos es lo suficientemente grande como para ser altamente atractivo sin necesidad de reportar los ingresos de otras personas. Además, existen leyes y reglamentos que regulan o incluso prohíben cierto tipo de aseveraciones sobre los ingresos y testimonios por parte de personas involucradas en redes de mercadeo. 

Mientras que los Afiliados Independientes podrían pensar que sería beneficioso proveer copias de cheques, o revelar ellos mismos sus ganancias a otras personas, tales enfoques tienen consecuencias legales que pueden afectar en forma negativa a ZARPE como también al Afiliado Independiente que haga la aseveración a menos que los requisitos de divulgación que exige la ley se hagan al mismo tiempo que las aseveraciones de ingresos o las representaciones de las ganancias. Como los Afiliados Independientes de ZARPE no tienen la información necesaria para cumplir con los requisitos legales para hacer aseveraciones sobre sus ingresos, cuando los Afiliados Independientes, estén haciendo una presentación o hablando sobre la oportunidad de ZARPE o el Plan de Compensación a un posible Afiliado Independiente, no deberán hacer proyecciones de ganancias, aseveraciones de ganancias ni divulgar sus ingresos de ZARPE (incluso mostrar cheques, copias de cheques o transferencias bancarias, estados de cuenta bancaria ni registros tributarios). 
Los ejemplos hipotéticos de ganancias que se utilicen para explicar cómo opera el Plan de Bonificaciones, y se basen estrictamente en proyecciones matemáticas se pueden hacer a los futuros Afiliados Independientes , siempre y cuando el Afiliado Independiente que utilice los ejemplos hipotéticos aclare al posible Afiliado Independiente que está hablando de ganancias hipotéticas y el Afiliado Independiente le ofrezca una copia de la tabla de presentación más actualizada que haya preparado la Compañía. Hasta que llegue el momento que ZARPE publique una aseveración oficial de ingresos, los Afiliados Independientes no harán declaraciones hipotéticas de ejemplos de ganancias en su Afiliación Independiente de ZARPE.

8.3.4 – Uso del Nombre o el Parecido de Personajes Famosos – Los Afiliados Independientes no publicarán los nombres ni utilizarán la imagen de personajes famosos en relación a ZARPE sin el permiso previo por escrito de ZARPE.

8.3.5 – Interacción con el Panel de Asesoramiento Científico y otros Consultores de la Compañía
ZARPE está en una posición única dentro del mercado debido a relaciones especiales con profesionales prominentes en el campo científico, de mercadotecnia, relaciones públicas, y en el ámbito empresarial y legal. Con el afán de preservar esas relaciones para el beneficio de todos los Afiliados Independientes y de la Compañía, los Afiliados Independientes deben: (1) adherirse estrictamente a las normas sobre la publicidad, (2) refrenarse de todo contacto con cualquier miembro de la Mesa Directiva de la Compañía, el Panel e Asesoramiento Científico u otro consultor o consejero de la Compañía, sin el previo consentimiento por escrito de la Compañía.

8.3.6 – Patrocinio o Aprobación Gubernamental
 Las agencias reguladoras gubernamentales no aprueban ni avalan ninguna compañía ni programa de ventas directas o de mercadeo en redes. Por lo tanto, los Afiliados Independientes no deben aseverar ni insinuar que ZARPE o su Plan de Comercialización y Compensación han sido “revisados”, “aprobados”, “avalados” o de cualquier forma promovidos por alguna agencia gubernamental.

8.4 – Medios de Comunicación Masiva

8.4.1 – Prohibición de Utilizar los Medios de Comunicación Masiva para Hacer Promociones
(Con excepción de aquellos que estén expresamente autorizados por un funcionario de la compañía) y/o en este documento, los Afiliados Independientes no pueden hacer el uso de ninguna clase de medios de comunicación masiva o publicidad para promover los productos o la oportunidad a menos de que reciban autorización específica para ello. 
Esto comprende los reportajes noticiosos o cortes promocionales en programas de televisión, noticieros, programas de entretenimiento, comerciales vía Internet, etc. Los productos pueden ser promocionados solamente por medio de contacto personal o por medio de la literatura producida y distribuida por la Compañía, o por los Afiliados Independientes de acuerdo con estas Normas y Procedimientos. Los Afiliados Independientes pueden colocar anuncios de oportunidad genéricos en jurisdicciones que permitan esa clase de publicidad, pero sólo de acuerdo con las Normas y Procedimientos de la Compañía y en cumplimiento con la ley vigente.

8.4.2 – Entrevistas con los Medios de Comunicación

 Los Afiliados Independientes no pueden promover los Productos o la oportunidad por medio de entrevistas con los medios de comunicación, artículos en publicaciones, reportajes noticiosos, ruedas de prensa o cualquier otro medio de información pública o fuente de la industria de la información, a menos que esté autorizado por escrito, por la Compañía. 
Esto comprende las afiliaciones pagadas o publicaciones de “sociedad anónima”, todas de carácter privado. 
Los Afiliados Independientes no pueden hablar con los medios de comunicación en representación de la Compañía y no deben actuar como que han sido autorizados por la Compañía para hablar en su representación. Todos los contactos o solicitudes de información por parte de los medios de comunicación, deben ser leídos en forma inmediata al Departamento de Mercadotecnia y Comunicaciones de la Compañía. Enviar correo a 
info@zar.pe

8.5 – Internet

8.5.1 – General – Pese al cumplimiento con las Normas y Procedimientos establecidos aquí, todos los Afiliados Independientes de ZARPE asumen en forma personal la responsabilidad por lo que publiquen en línea y toda otra actividad en línea que se relacione con ZARPE. Por lo tanto, aun si el Afiliado Independiente de ZARPE fuera propietario u operador de un blog o medio social de comunicación, si un Afiliado Independiente de ZARPE publicara en uno de esos sitios algo que se relacione con ZARPE o que pudiera ser rastreado como ZARPE, el Afiliado Independiente de ZARPE asume responsabilidad por la publicación y debe actuar de manera que edifique, fortalezca y mejore la reputación de ZARPE su imagen y su posición en la comunidad.
 
Los Afiliados Independientes de ZARPE también asumen la responsabilidad por las publicaciones que tomen lugar en cualquier sitio Web externo del que el Afiliado Independiente sea propietario, opere o controle. Los Afiliados Independientes de ZARPE deberán revelar el nombre completo en todos los perfiles de los medios sociales de comunicación relacionados con ZARPE y sus productos o negocios, y deberán identificarse en forma notable como “Afiliados Independientes de ZARPE”. Las publicaciones anónimas y el uso de pseudónimos están prohibidas.
Los Afiliados Independientes de ZARPE deberán evitar todas las conversaciones, comentarios, imágenes, videos, audio, aplicaciones inadecuadas y todo tipo de contenido adulto, profano, discriminatorio o vulgar. La determinación de lo que es adecuado queda al único criterio de ZARPE, y los Afiliados Independientes de ZARPE que transgredan estarán sujetos a acción disciplinaria.
Por regla general, los Afiliados Independientes de ZARPE no deberán utilizar referencias geográficas como parte del nombre de la página, del título o del URL de sus sitios Web externos o medios sociales de comunicación relacionados con ZARPE. Con el fin de aclarar y de evitar cualquier duda, a no ser por el URL configurado o una enmienda al URL configurado, los Afiliados Independientes de ZARPE no podrán utilizar los términos “ZARPE,” “Ganoderma 365” ni ninguna derivación de estos, en ningún sitio Web externo ni URL relacionado (por ejemplo: www.maryvendeganoderma365.com o www. blogspot.ZARPEdestlouis.com).

Todos los sitios Web que contengan “ZARPE” o “Ganoderma 365,” otros productos de ZARPE y nombres de programas o cualquier derivación de los mismos en el URL, deberán ser transferidos a ZARPE o terminados/cancelados a pedido de ZARPE. En ninguna circunstancia podrá el Afiliado Independiente de ZARPE vender tal dominio a ningún tercero sin previo consentimiento escrito de ZARPE.

8.5.2 – Sitios Web para Afiliados Independientes

Si los Afiliados Independientes desearan utilizar una página Web de Internet para promover su Afiliación Independiente, deberán hacerlo por medio del programa de la réplica del sitio Web que ofrece la compañía, utilizando la plantilla oficial de ZARPE.
Este programa permite que los Afiliados Independientes hagan publicidad en la Internet y utilicen un diseño para la página de inicio que puede ser personalizado con la información de contacto del Afiliado Independiente. Estos sitios Web le dan al Afiliado Independiente una presencia profesional en la Internet que cuenta con la aprobación de la compañía. Las ventas en línea sólo se pueden generar en el sitio replicado del Afiliado Independiente de ZARPE.
Los Afiliados Independientes no deberán utilizar anuncios publicitarios “ciegos” en la Internet que hagan declaraciones sobre los productos o los ingresos que en última instancia se relacionen con los productos de ZARPE, la oportunidad de ZARPE o el Plan de Bonificaciones de ZARPE.

8.5.3 – La Página Oficial Pública de ZARPE en Facebook o Páginas Similares - Los sitios Web externos no replicados, específicamente los sitios de medios sociales de comunicación son sitios para entablar relaciones. A pesar de que el entablar relaciones sea una parte importante del proceso de ventas, los sitios Web externos, incluso, pero sin limitarse a los medios sociales de comunicación, no deberán utilizarse como un medio directo para generar ventas o explicar la oportunidad ni el producto de ZARPE.

8.5.3.1 – La Página Oficial Pública de ZARPE en Facebook o Páginas Similares ZARPE cuenta con páginas oficiales públicas de Facebook que utiliza para invitar a clientes potenciales e inversores a investigar la compañía. No tiene la finalidad de ser utilizado por los Afiliados Independientes de ZARPE para vender productos ni promover su negocio ni para relacionarse con otros distribuidores o consumidores. Como tal, los Afiliados Independientes de ZARPE no deberán colocar información de enlace en la página pública de Facebook de ZARPE, ni publicar ningún precio, promoción, materiales de mercadeo, ventas, avisos publicitarios ni anuncios relacionados con su negocio. ZARPE se reserva el derecho de eliminar cualquier mensaje publicado en la página oficial de Facebook de la Compañía según crea conveniente a su propio y único criterio.

8.5.3.2 –Círculos cerrados de Facebook para Afiliados Independientes o páginas similares

ZARPE también establecerá una comunidad corporativa en Facebook para el uso de la compañía y de los Afiliados Independientes. Los Afiliados Independientes también establecerán un grupo cerrado y podrán utilizar dicho grupo para instruir, tratar y difundir información sobre ZARPE, sus productos, la ciencia y la oportunidad de negocios entre ellos. Los Afiliados Independientes podrán unirse a estos grupos con el consentimiento de ZARPE y todo el contenido y los debates estarán protegidos por una contraseña y cerrados para el público. Ningún Afiliado Independiente deberá dar acceso ni difundir información sobre esos grupos.

8.5.3.3 – Otros Usos de la Internet

Los Afiliados Independientes podrán utilizar la Internet, los sitios de medios sociales de comunicación, blogs, medios sociales y aplicaciones y otros sitios con contenido en base a la participación de los usuarios y contenido generado por los usuarios, foros, tableros de mensajes, blogs, wikis y difusiones portátiles a fin de:
1. Comunicar información preliminar sobre ZARPE o su participación en ZARPE;
2. Guiar a los usuarios a su sitio Web replicado de ZARPE; y
3. Publicar sólo los materiales de apoyo producidos por ZARPE que hayan sido aprobados
por ZARPE para su publicación y que hayan extraído de los “Recursos de Internet” aprobados
por ZARPE.

Tal uso está permitido siempre y cuando (1) sea secundario al uso primario del sitio Web o
foro, (2) no contenga ninguna información falsa o engañosa sobre ZARPE, sus productos u
oportunidades de negocios, y (3) se adhiera a las otras normas establecidas aquí, incluso pero
sin limitarse a las normas relacionadas al uso de las marcas de ZARPE, marcas registradas y
otra propiedad intelectual.

8.5.4 – Respeto a la Privacidad

Si un Afiliado Independiente de ZARPE utiliza las marcas registradas, nombres, marcas de servicio, registros de propiedad o propiedad intelectual de terceros en algún anuncio en línea, es su responsabilidad asegurarse de haber recibido la licencia apropiada para el uso de tal propiedad intelectual y de pagar los cargos de licenciamiento correspondientes. Toda propiedad intelectual debe ser adecuadamente mencionada como propiedad de terceros y el Afiliado Independiente debe adherirse a cualquier restricción o condición que el dueño de la propiedad intelectual establezca para el uso de su propiedad.

8.5.5 – Respecting Privacy

 Los Afiliados Independientes ZARPE deben respetar la privacidad de otras personas en sus comentarios o anuncios. No deben involucrarse en chismes o compartir rumores acerca de algún individuo, compañía, o productos o servicios competitivos. Los Afiliados Independientes ZARPE no deben utilizar los nombres de otros individuos o entidades en sus anuncios a menos que tengan la autorización escrita de los individuos o entidades a los que se refieren en sus comentarios o anuncios.

8.5.6 – Profesionalismo – Los Afiliados Independientes ZARPE deben asegurarse de que la información compartida en sus anuncios o comentarios sea verídica y correcta. Esto requiere que se haga una verificación de la información presente en los materiales que coloquen en línea. Deben ser muy cuidadosos de verificar sus anuncios o comentarios en lo relacionado a ortografía, puntuación y errores gramaticales. El uso de lenguaje ofensivo está prohibido. ZARPE se reserva el derecho de determinar lo que considere ofensivo o de mal gusto.

8.5.7 – Comentarios Prohibidos – Los Afiliados Independientes ZARPE no pueden crear anuncios o comentarios o establecer enlaces con ningún otro material que:

1. Sea sexualmente explícito, obsceno o pornográfico;
2. Sea ofensivo, profano, insidioso, amenazante, peligroso, difamatorio, calumnioso, acosador
o discriminatorio (ya sea basado en la raza, etnicidad, credo, religión, género, preferencias
sexuales, discapacidad física, etc.);
3. Sea gráficamente violento, aun cuando se trate de imágenes de vídeo juegos violentos;
4. Solicite o invite a actitudes ilegales de cualquier clase;
5. Tenga el propósito de atacar en forma personal a algún individuo, grupo o entidad, o
6. Viole cualquier derecho a la propiedad intelectual de la Compañía o de terceros.

8.5.8 – Respuesta a Comentarios Negativos en Línea
Los Afiliados Independientes ZARPE no conversarán con quien coloque anuncios o comentarios negativos en su contra, en contra de otros Afiliados Independientes de ZARPE, o ZARPE. Ellos deberán informar a la Compañía acerca de los anuncios o comentarios negativos usando 
info@zar.pe. 
El responder a tales anuncios o comentarios negativos simplemente magnifica la discusión con quien esté molesto y que no mantiene los mismos estándares elevados de ZARPE, y por lo tanto daña la reputación y buena voluntad de ZARPE.

8.5.9 – Cancelación de su Negocio ZARPE – Si el negocio ZARPE de algún Afiliado Independiente de ZARPE fuera cancelado por cualquier razón, éste deberá descontinuar el uso del nombre de ZARPE, así como de las marcas registradas, los nombres registrados, las marcas de servicio y cualquier otra propiedad intelectual, así como cualquier derivado, tal como marcas, propiedad intelectual en los anuncios o páginas Web externas que utilice. Cuando exista algún comentario o anuncio de algún Afiliado Independiente ZARPE que previamente se identificaba como Afiliado Independiente ZARPE en cualquier sitio de las Redes Sociales, el anuncio o comentario debe ser modificado y revelar en forma abierta que ya no está Afiliado con ZARPE.

8.5.10 – Correo Electrónico
Los Afiliados Independientes deben usar las siguientes frases declaratorias en su correspondencia electrónica cuando estén conversando sobre la Oportunidad o Programa ZARPE:
El remitente de estos correos es Afiliado Independiente de ZARPE y como tal, es un contratista independiente de ZARPE. Los Afiliados Independientes no son empleados de ZARPE. Si tiene preguntas con respecto a la Compañía, por favor, póngase en contacto con el Departamento de Atención al Distribuidor llamando al (51)1 716 – 7000, o correo electrónico, a 
info@zar.pe. 
Mensaje confidencial
Este mensaje (con los documentos anexos) contiene información que puede ser confidencial o bajo privilegio legal. A menos de que usted sea el expreso destinatario, usted no debe usar, copiar ni revelar a nadie el mensaje ni la información contenida en el mensaje o en cualquiera de los anexos que fueron enviados junto con este correo electrónico. Si usted recibió este mensaje de correo electrónico por error, por favor, hágaselo saber al remitente por correo electrónico y borre el mensaje. La divulgación o uso de la información contenida en este correo electrónico sin autorización puede resultar en responsabilidad civil o criminal.

8.5.11 – Avisos Clasificados en Línea
Los Afiliados Independientes no pueden utilizar clasificados en línea (incluso, pero sin limitantes, Craigslist) para anunciar, vender productos específicos de ZARPE, en forma individual, en paquete o para promover la oportunidad.

8.5.12 – Sitios de Subastas en Línea – Los productos de ZARPE y el programa de ZARPE no deben ser anunciados en eBay u otro sitio de subasta en línea. Los Afiliados Independientes tampoco pueden anunciar ni a sabiendas permitir o facilitar que terceros comercialicen los productos ZARPE por eBay o por cualquier otro sitio en línea.

8.5.13 – Ventas de Menudeo en Línea
Los Afiliados Independientes no pueden anunciar ni vender los productos de ZARPE en establecimientos comerciales en línea o por medio de comercio electrónico, incluso amazon.com o sitios similares (con la sola excepción de sus propias páginas replicadas). Además, los Afiliados Independientes no pueden (1) vender o a sabiendas, permitir que terceros vendan los productos de ZARPE por medio de sitios comerciales en línea o comercio electrónico o (2) vender los productos a terceros quienes crea el Afiliado Independiente que venderán los productos por medio de sitios comerciales en línea o comercio electrónico. 
Los Afiliados Independientes puedes recomendar estos productos a través de la herramienta que hemos dispuesto para todos en el sitio web: https://zar.pe/shop/Modules/Share/OnlineBusiness con el cual pueden enviar correos electrónicos, mensajes por Facebook, WhatsApp, y otras redes sociales, para asegurar que puedan vender el producto a terceros. Esta cláusula es expresamente para prohibir la venta de productos de manera masiva por la internet sin la autorización expresa de ZARPE.

8.5.14 – Rótulos Publicitarios

Los Afiliados Independientes pueden colocar rótulos publicitarios en sus sitios Web externos (como se describe más adelante), en tanto que, sólo utilicen las plantillas aprobadas por ZARPE con las imágenes provistas en la pestaña “Tools” (“Recursos”) de sus Oficinas Virtuales y que no incluyan precios, descuentos ni promociones de ninguno de los productos ZARPE en tales anuncios. Todo rótulo publicitario en línea, relacionado con ZARPE que esté presente en sus páginas Web, deberá enlazarse directamente con sus páginas replicantes ZARPE.


8.5.15 – Bombardeo de Enlaces
El bombardeo de enlaces significa comentarios múltiples añadidos en forma consecutiva con información similar o parecida, en blogs, mensajes Wiki, libros de invitados, páginas Web o en cualquier sitio de conversación o foro en línea y no está permitido. Esto comprende el bombardeo de blog, bombardeo de comentarios de blog y bombardeo de índices. Todos los comentarios que los Afiliados Independientes hagan en blogs, foros, libros de invitados, etc., deberán ser singulares, informativos y relevantes.

8.5.16 – Presentaciones en Medios Digitales (por ejemplo: YouTube, iTunes, PhotoBucket, etc.)
Los Afiliados Independientes no pueden cargar, presentar ni publicar videos, archivos de audio o fotos en ninguna página Web sin que el contenido tenga una desvinculación directa a la compañía, siempre que el contenido de estos tuviera relación con ZARPE. Los Afiliados Independientes pueden compartir enlaces de videos oficiales, producidos por ZARPE, pero evitarán recolocarlos en sus canales propios como si fueran de su propiedad intelectual. La reproducción no autorizada de materiales oficiales puede acarrear sin limitantes, la aplicación de acciones disciplinarias.

8.5.17 – Enlaces Patrocinados, Anuncios de Pago Por Clic (PPC), y Búsquedas Pagas
Los enlaces patrocinados o anuncios de pago por clic (PPC) son aceptables de acuerdo con la descripción
siguiente: El destino y la nota declaratoria URL deben ser las mismas. El destino de los PPC debe ser la página externa y no la página replicante del Afiliado Independiente y no debe presentar una nota declaratoria URL que dé la impresión de que están siendo dirigidos directamente a la Página Corporativa de ZARPE o de ninguna forma ser inapropiada o engañosa. Los Afiliados Independientes no pueden utilizar los nombres de marca, la marca registrada ni cualquier otro material que sea de la propiedad intelectual de ZARPE cuando soliciten los servicios de Google Adworks, MSN Bing, Key Words, etc. En sistemas de búsqueda en línea. (Véase 8.2 – Marcas registradas y derechos de propiedad intelectual).

8.6 – Buzoneo y Faxes no Solicitados
Con excepción de lo establecido en estas Normas y Procedimientos, los Afiliados Independientes no podrán enviar ni transmitir faxes no solicitados, distribuir correos electrónicos masivos, correos electrónicos no solicitados ni buzoneo sobre nada relacionado con la operación de las Distribuciones Independientes. 
El término “no solicitado” significa la transmisión, de cualquier material o información para hacer publicidad o promover los productos de ZARPE, su Plan de Bonificaciones u otro aspecto de la Compañía que se transmita a cualquier persona, sin invitación previa y expresa del destinatario o permiso, a menos que el Afiliado Independiente haya establecido algún negocio o relación comercial con dicho receptor.
El término “negocio establecido o relación personal” significa una relación previa o existente formada por una comunicación mutua voluntaria entre un Afiliado Independiente y una persona, en la base a: (1) una averiguación, solicitud, compra o transacción por la persona con relación a los productos ofrecidos por tal Afiliado Independiente; o (2) una relación personal o familiar, la cual no haya sido interrumpida previamente por cualquiera de las partes.

8.7 – Telemercadeo o Televenta
Las autoridades locales, tienen leyes que restringen las prácticas de telemercadeo. Muchas autoridades tienen reglamentos de “no llamar” como parte de sus leyes de telemercadeo. A pesar de que ZARPE no estima que sus Afiliados Independientes sean “teleoperadores” en el sentido tradicional de la palabra, estas regulaciones gubernamentales definen ampliamente el término “teleoperador” y “telemercadeo” de modo que su acción involuntaria de llamar a alguien cuyo número telefónico forme parte del registro federal de “no llamadas” podría ponerlo en violación de la ley. Además, estas normas no deberán interpretarse casualmente, ya que cargan con penalidades severas y multas por violación.
Por lo tanto, los Afiliados Independientes no deberán involucrarse en telemercadeo en la operación de su Afiliación Independiente de ZARPE. El término “telemercadeo” significa el hacer una o más llamadas a una persona o entidad o persuadir a comprar un producto o servicio de ZARPE o reclutar a esa persona o entidad para la oportunidad de ZARPE. Las “llamadas en frío” que se hagan a posibles clientes o Afiliados Independientes para promover los productos o servicios o la oportunidad de ZARPE constituyen telemercadeo y están prohibidas. Además, los Afiliados Independientes no deberán utilizar sistemas de marcado automático ni listas telefónicas aleatorias con relación a la operación de sus Afiliaciones Independientes de ZARPE. El término “sistema telefónico de marcado automático” significa un equipo que tenga la capacidad de: (a) guardar o producir los números de teléfono a llamar, utilizando un generador al azar o secuencial de números; y (b) marcar esos números. Además, los Afiliados Independientes reconocen y acuerdan adherirse a las normas de telemercadeo.

8.8 – Precio Anunciado del Producto

Los Afiliados Independientes no deben promocionar los productos de ZARPE a un precio más BAJO que el precio
sugerido de venta al público de una (1) unidad del producto de ZARPE. Los Afiliados Independientes también acuerdan que toda promoción de los productos será verídica y no contendrá declaraciones o aseveraciones engañosas (como por ejemplo “el precio más bajo disponible” lo cual sugiere que ciertos Afiliados Independientes tendrían la habilidad de vender productos a un precio menor que otros Afiliados Independientes, etc.). Cualquier violación de esta Sección 8.8 por parte de un Afiliado Independiente constituirá una infracción del Contrato y
podría resultar en acción disciplinaria incluso, pero sin limitarse a cualquiera de las acciones establecidas en la Sección 14.

SECCIÓN 9: 
Normas y Reglamentos

9.1 – Identificación

Todos los Afiliados Independientes están obligados a proveer su número de documento de identidad en el Contrato del Afiliado Independiente. Al momento de la inscripción, la Compañía proporcionará un número singular de identificación al Afiliado Independiente (ID) por el cual será identificado. Este número se utilizará
para hacer pedidos y, llevar control de las comisiones y bonificaciones.

9.2 – Impuesto Sobre las Ganancias

Todos los Afiliados Independientes son responsables de pagar todos los impuestos tributarios y no tributarios correspondiente a cualquier ingreso generado como Afiliado Independiente. Todos los meses declararemos las facturas recibidas como pago de comisiones y bonificaciones correspondientes en los periodos anteriores que se hayan presentado para pago.

9.3 – Seguros

9.3.1 – Cobertura para Actividades Empresariales

Un Afiliado Independiente de ZARPE puede hacer los arreglos necesarios para obtener cobertura de seguro para su negocio independiente. La póliza que tenga como propietario de su casa no cubre perjuicios relacionados con el negocio ni el robo ni daño del inventario ni del equipo comercial. Los Afiliados Independientes deberán ponerse en contacto con su agente de seguros para asegurar que su propiedad pertinente esté protegida. En EE.UU. esto se
puede lograr al añadir un simple “Business Pursuit” o un anexo de aval de negocios a la presente póliza de su hogar.

9.3.2 – Cobertura para Daños a Terceros

ZARPE mantiene una relación con estudios de abogados en los países donde opera, para proteger a la Compañía y a los Afiliados Independientes en contra de perjuicios causados por aseveraciones sobre el producto. Esta protección es específica para este caso, y solamente ofrece cobertura a los Afiliados Independientes mientras estén comercializando productos de ZARPE en su curso normal de conducta y de acuerdo con las Normas y Procedimientos de la compañía y las leyes y reglamentos vigentes. 

9.4 – Definiciones de Comercialización Internacional

Los Afiliados Independientes están autorizados para vender los productos ZARPE y para inscribir Afiliados
Independientes sólo dentro de los países donde ZARPE esté autorizada para llevar a cabo negocios y tenga la regulación del país donde se encuentra para comercializar tales productos, tal como se anuncia en los materiales oficiales de ZARPE y como se menciona en la Sección 9.4.2. 
En ZARPE, un Afiliado Independiente puede llevar a cabo actividades en cualquier país autorizado de acuerdo con las Normas y Procedimientos, así como con las enmiendas y condiciones vigentes específicos para ese país. La conducta permisible, así como la actividad no autorizada y lo relacionado con los mercados “No Para Reventa” o “NFR” se describe en la Sección 9.4.1 más abajo.

9.4.1 – Definiciones de comercialización internacional

9.4.1.1 – Mercados No Autorizados (Mercados en Preapertura)

 Antes de la apertura oficial de un país, la actividad permitida a un Afiliado Independiente se limita a compartir tarjetas de negocios y llevar a cabo, organizar o participar en reuniones con un máximo de cinco (5) asistentes, entre ellos, el Afiliado Independiente. Los otros asistentes deben ser conocidos personales o los conocidos de ellos. Estas reuniones deben llevarse a cabo en alguna casa o algún sitio público establecido, pero no dentro de un cuarto privado de hotel.

El comportamiento prohibido a los Afiliados Independientes en los Mercados en Preapertura incluye, pero no se limita a:

9.4.1.1.1 – Todas las técnicas de “contactos en frío” (invitaciones a personas que no son conocidas por parte del Afiliado Independiente que efectúa el contacto) están terminantemente prohibidas en los mercados no autorizados.
9.4.1.1.2 – La importación o ayuda en la importación, la venta, el obsequio o la distribución en cualquier forma de productos, servicios o muestras de producto de la Compañía;
9.4.1.1.3 – Colocar cualquier tipo de anuncios o distribuir materiales promocionales con respecto a la Compañía, sus productos o la oportunidad, excepto por los materiales aprobados como ayudas promocionales de la Compañía específicamente autorizadas para su distribución en Mercados en Preapertura;
9.4.1.1.4 – Solicitar o negociar cualquier clase de contrato con el propósito de comprometer a algún ciudadano o residente de algún país no abierto o en preapertura hacia la oportunidad, con un Patrocinador o línea de patrocinio específica. Además, los Afiliados Independientes no pueden inscribir a ciudadanos o residentes de países no autorizados dentro de un País Autorizado o por medio de un Contrato del Afiliado Independiente de un País Autorizado a menos que el ciudadano o residente del país no autorizado o en preapertura cuente con una autorización legal para trabajar en el País Autorizado. Es la responsabilidad del Afiliado Independiente el asegurar el cumplimiento adecuado con los requisitos de residencia y autorización laboral requeridos. La participación o afiliación, o título de propiedad de una corporación, sociedad o cualquier otra clase de entidad en un país autorizado no es suficiente para cumplir con los requisitos de residencia o autorización laboral requeridos. Si un participante de alguna Distribución no pudiera proporcionar una verificación de residencia o de autorización laboral como lo requiere la Compañía, la Compañía puede, en su derecho exclusivo, declarar nulo el Contrato del Distribuidor en forma inmediata.
9.4.1.1.5 – La aceptación de dinero o de cualquier otra forma de intercambio o valor, por estar involucrado en alguna transacción financiera con algún Afiliado Independiente potencial ya sea en forma personal o por medio de un agente, con propósitos relacionados a los productos o la oportunidad de la Compañía, que incluyan la renta, el préstamo con la compra de instalaciones con propósitos de promover o llevar a cabo negocios relacionados con la Compañía;
9.4.1.1.6 – Promover, facilitar o llevar a cabo cualquier clase de actividad que exceda las limitaciones establecidas dentro de las Normas y Procedimientos de la Compañía, o que la Compañía, a su único criterio y derecho exclusivo, determine como contradictoria a sus negocios o intereses éticos en la expansión internacional.

9.4.1.2 – No Para la Reventa (“NFR”)
Países en los que las residencias del país tienen autorización para importar productos para uso personal solamente pero no para la reventa, pero en los que la reventa de los productos está prohibida.

9.4.2 – Países Autorizados – En la actualidad, los únicos mercados internacionales autorizados son:
El Salvador (Representado por GANOLIFE El Salvador S.A. de C.V.  NIT 0614-160512-103-3, con domicilio fiscal en Entre 91 y 93 Ave. Norte Local 3 Colonia Escalón, San Salvador Teléfono: (503) 2511 - 8700) y Perú (GANO LIFE S.A.C. 
RUC. 20547251831, domicilio fiscal: Calle German Schereiber Nro. 276 San Isidro. Perú. Teléfono: (51) 716 – 7000). 

9.5 – Adherencia a las Leyes y Ordenanzas
9.5.1 – Ordenanzas Locales

Existen leyes que regulan ciertos negocios basados desde el hogar. En la mayoría de los casos estas ordenanzas no son aplicables a los Afiliados Independientes de ZARPE debido a la naturaleza de su Afiliación Independiente. Sin embargo, los Afiliados Independientes deben obedecer esas leyes que se apliquen a ellos. Si un oficial de la ciudad o municipio le dijera a un Afiliado Independiente que cierta ordenanza se aplica a su caso, el Afiliado Independiente deberá ser cortés y cooperar, y de inmediato enviar una copia de la ordenanza al Departamento servicio al cliente de ZARPE. En la mayoría de los casos existen excepciones a las ordenanzas que podrían aplicarse a los Afiliados Independientes de ZARPE. 

9.5.2 – Adherencia a la Ley Vigente
 
Los Afiliados Independientes observarán todas las leyes y regulaciones estatales y locales de su país de residencia y operaciones, así como de cualquier país donde esté autorizado para llevar a cabo actividades comerciales en el ejercicio de sus Distribuciones Independientes.

SECCIÓN 10: 
Ventas

10.1 – Establecimientos Comerciales

ZARPE vigorosamente anima a la venta al menudeo de sus productos por medio de contactos de persona a persona. En un esfuerzo por reforzar este método de mercadeo y para ayudar a proveer un estándar de equidad para su base de Afiliados Independientes, los Afiliados Independientes no podrán mostrar ni vender productos ni literatura de ZARPE en establecimientos comerciales. Los Afiliados Independientes pueden, sin embargo, vender los productos ZARPE por medio de establecimientos que ofrezcan servicios a clientes por medio de citas tales como peluquerías, spas o clínicas quiroprácticas, etc.

10.2 – Ferias Comerciales, Exhibiciones y Otros Foros de Ventas

Los Afiliados Independientes pueden exhibir y/o vender los productos ZARPE en ferias comerciales o exhibiciones profesionales. Antes de proveer un depósito o pago al promotor del evento, el Afiliado Independiente debe solicitar por escrito a la Oficina de Cumplimiento de la Compañía para que apruebe dicha participación, tal como lo exige la norma de ZARPE quien sólo autorizará a un Afiliado Independiente de ZARPE por evento. La aprobación final se otorgará al primer Afiliado Independiente que presente una publicidad oficial del evento, una copia del contrato firmado por el Afiliado Independiente y la parte oficial encargada del evento y el recibo que acredite un pago por el derecho del stand. La aprobación se da sólo para el evento especificado. Toda solicitud de participar en eventos futuros deberá presentarse nuevamente al Departamento de servicio al cliente. ZARPE se reserva, además, el derecho de rehusarse a autorizar la participación en cualquier función que no considere un foro adecuado para la promoción de sus productos, servicios o la oportunidad de ZARPE.

10.3 – Prohibición de Compras de Inventario Excesivo

Los Afiliados Independientes no están obligados a mantener un inventario de productos ni de recursos de ventas. Sin embargo, los Afiliados Independientes se darán cuenta de que la venta de productos a Clientes y el establecimiento de Organizaciones de Mercadeo serán labores más sencillas debido a la rapidez con la que podrá satisfacer los pedidos de sus clientes o las necesidades de sus nuevos Afiliados Independientes. Cada Afiliado Independiente deberá tomar su propia decisión con respecto a estos asuntos. ZARPE prohíbe estrictamente la compra de cantidades irrazonables de productos con el propósito primordial de calificar para comisiones, bonos o avances dentro del Plan de Bonificaciones. Los Afiliados Independientes no deberán comprar más inventario del que razonablemente puedan revender o consumir en un mes ni tampoco deben animar a otros a hacerlo.

10.4 – Prohibición de Compra de Bonos
La compra de bonificaciones queda estricta y absolutamente prohibida. La “Compra de bonificaciones” incluye, pero no se limita a estar involucrados directa o indirectamente en: (1) la inscripción de individuos o entidades sin el conocimiento o ejecución de un Contrato del Afiliado Independiente por parte del individuo o entidad; (2) la inscripción fraudulenta de un individuo o entidad como Afiliado Independiente; (3) la inscripción o intento de inscribir a individuos o entidades ficticios como Afiliados Independientes (véase la Sección 6.5, “Acumulación”); (4) el uso de una tarjeta de crédito por o a nombre de un Afiliado Independiente cuando el Afiliado Independiente no sea el propietario o titular de dicha tarjeta; y (5) comprar productos ZARPE a nombre de otro Afiliado Independiente o Cliente o, bajo el número de identificación de otro Afiliado Independiente, o Registro único de contribuyente (RUC) o Número de identificación tributaria (NIT) número de identificación con el afán de obtener comisiones, bonos o incentivos, créditos fiscales que no le pertenecen y demás.

10.5 – Prohibición de Volver a Empacar o Etiquetar

Los Afiliados Independientes no pueden re-empaquetar, re-etiquetar ni alterar las etiquetas de ningún producto, información o programa de ZARPE en ninguna forma. Los productos ZARPE deben venderse en su envoltura original y completa. Tal re-etiquetado o pre-empaquetado puede violar las leyes aplicables y puede resultar en severas penalidades de carácter criminal. Los Afiliados Independientes deben estar conscientes de que pueden surgir responsabilidades civiles cuando, como consecuencia de re-empaquetar o re-etiquetar los productos, la persona que los utilice sufriera alguna clase de daño o su propiedad sufriera daños.

SECCIÓN 11: 
Requisitos de Ventas

11.1 – Ventas de Productos

El Plan de Bonificaciones de ZARPE se basa en la venta de productos ZARPE al consumidor final. Los Afiliados Independientes deben cumplir con los requisitos de ventas al menudeo tanto personales como de su Organización de Mercadeo (así como cualquier otra responsabilidad establecida en el Contrato) a fin de ser elegibles para obtener reembolsos, bonificaciones, bonos, comisiones y avances a rangos de niveles más elevados. Los Afiliados Independientes deberán satisfacer los siguientes requisitos de ventas a fin de calificar para el pago de comisiones:


11.1.1 – Volumen de Ventas

Los Afiliados Independientes deben satisfacer los requisitos de Volumen Personal (“PV”) y de Volumen comisionable (“VC”) a fin de cumplir con los requisitos relacionados con un rango en particular dentro del Plan de Bonificaciones de ZARPE.

El PV comprende las compras hechas por el Afiliado Independiente y sus clientes no inscritos en la compañía. Todos los Afiliados Independientes requieren alcanzar el mínimo PV establecido para generar sus bonos (estar “Activo”). Se puede establecer una Suscripción Mensual (SM o ORV) para satisfacer las necesidades mensuales de PV como se especifica en el Plan de Bonificaciones. El VC es el valor asociado con las compras de productos utilizados para el cálculo de las comisiones. El VC es generado por todas las compras realizadas en una organización de marketing. Sin embargo, los afiliados no serán compensados con el VC generado personalmente.
El VP grupal (VPG) se utiliza para calificar a los Rangos. El VP grupal incluye el VP de tu árbol de patrocinio, o sea, de las personas que inscribiste en el negocio personalmente y las que ellos inscribieron. El PBI se conoce como Puntos de Bono Infinito (“PBI”), este volumen es utilizado únicamente para cobrar el bono llamado Bono Infinito (“BI”).

11.1.2 – Adherencia a la Norma del 70% de Venta o Consumo.

El Afiliado Independiente debe cumplir con la Regla del 70% de ventas o consumo, como se establece más abajo en la Sección 11.3.

11.2 – No Restricciones de Territorio

No existe ni se otorga exclusividad territorial a ninguna persona dentro del país de operación y siempre que las leyes vigentes del país en curso, así lo permitan.

11.3 – Norma del 70% de venta
Al hacer un nuevo pedido de productos, se entiende que los Afiliados Independientes certifican que han vendido o consumido por lo menos 70% de todos los productos adquiridos en pedidos previos. Todos los Afiliados Independientes que reciban bonos, bonificaciones o comisiones o hagan pedidos adicionales de productos están de acuerdo en retener la documentación que demuestre el cumplimiento de esta norma, la cual comprende las Ventas al Menudeo, por un periodo mínimo de cuatro (4) años. El Afiliado Independiente acuerda presentar a la Compañía esa documentación a petición de la Compañía. La falta de adherencia a estos requisitos o el proporcionar falsa información sobre las cantidades de producto vendido o consumido a fin de avanzar dentro del Plan de Bonificaciones constituye una violación del Contrato y sienta las bases para su cancelación. Además, la violación de estos requisitos le da a la Compañía el derecho de reclamar y recuperar cualquier Comisión pagada al Afiliado Independiente por cualquier periodo de tiempo durante el cual la documentación no se haya mantenido o por la cual esta provisión haya sido violada.

SECCIÓN 12: 
Bonos, bonificaciones y Comisiones

12.1 – Calificación para los Bonos y Comisiones

Los Afiliados Independientes deben estar activos y hallarse en cumplimiento con los términos del Contrato a fin de calificar para la obtención de bonos y comisiones (“Distribuciones Financieras”). En tanto que los Afiliados Independientes cumplan con los términos del Contrato, ZARPE pagará las Distribuciones Financieras a tal Afiliado Independiente de acuerdo con el Plan de Bonificaciones. La cantidad mínima por la cual ZARPE expedirá una comisión es de $10.00. Si las Distribuciones Financieras de un Afiliado Independiente no fueran equivalentes
o excedieran la cantidad de $13.00, la Compañía acumulará las Distribuciones Financieras hasta que la suma de estas sea de $13.00. La transferencia será expedida con soporte de la factura presentada o la retención de impuesto sobre la renta correspondiente, de acuerdo con la legislación tributaria vigente del país donde se encuentre, después de que se acumulen $13.00.


12.1.1 – Tarifa para Procesar las transferencias y/o Cheques

ZARPE no cobra gastos administrativos por el pago de los bonos, ya sea a través de cheques enviados por correo o depósito directo. Sin embargo, ZARPE se reserva el derecho de modificar esta política en cualquier momento sin notificación previa. Para más información sobre formas de pago, por favor comunicarse con la Oficina de Atención al Cliente de su país. Un Monto de $1.99 será necesario para procesar el ajuste de comisiones en sus cuentas.

12.1.2 – Tarifa para el Reemplazo de transferencias o Cheques

Si fuera necesario que ZARPE reexpida un cheque de bonificación o de comisiones debido por pérdida de este, ZARPE cobrará un cargo administrativo mínimo de $35.00 por cada cheque que se emita en su reemplazo.

12.2 – Ajustes a los Bonos y Comisiones

Cuando un producto es devuelto a ZARPE, para un reembolso, la distribución de bonos asociados a la compra original de/los productos(s) devuelto(s) serán deducidos en su totalidad de las ganancias generadas del mes en qua devolución fue emitida. Cuando el importe a deducir sea considerable, las deducciones pueden distribuirse durante un período de tiempo razonable (determinado únicamente por ZARPE) y continuará siendo deducido en cada período de pago a partir de entonces, hasta que todas las distribuciones de bonificación sean totalmente recuperadas de todos los Afiliados Independientes que se beneficiaron económicamente de la compra original que fue devuelta. Así también en el momento que un afiliado cancele su Suscripción mensual, se evaluarán las comisiones o bonificaciones generadas a fin de no sobre pagar por la estructuración de la compensación y se harán los ajustes necesarios como lo estipula la sección 12.2.1 más abajo.

12.2.1 – Cancelación Dentro de los Primeros 30 días.

Si un Afiliado Independiente decide cancelar su Contrato dentro de los primeros treinta (30) días de la inscripción y decide retornar el producto que había pedido en las condiciones en las que lo recibió, el reembolso se llevará a cabo por la cantidad total menos cualquier gasto de envío, manejo, reembolsos, bonos o comisiones que se hayan expedido de acuerdo con la Sección 12.2 “Ajustes a los bonos y comisiones”. En igual condiciones cuando esta cancelación sea del tipo de suscripción mensual, se aplicarán los citados en la sección 12.2.

12.3 – Comisiones y Créditos no Reclamados

Los Afiliados Independientes deben depositar las facturas o presentar una solicitud de pago a través de su oficina virtual, dentro de los 90 días posteriores a recibir la notificación de la comisión o bonificación. Los Clientes y Afiliados Independientes que tengan crédito, bonificaciones o comisiones en su cuenta deben utilizarlo dentro de los seis (6) meses desde que se generó en su cuenta. Si los créditos no se utilizan dentro de los seis (6) meses, ZARPE intentará notificar por correo electrónico, mensaje de texto o cualquier medio conocido por nosotros, al afiliado independiente, advirtiendo al Afiliado Independiente la existencia del crédito. Habrá un cargo de $ 10.00 por cada intento de notificación. Este cargo será deducido del crédito existente en cuenta del Afiliado de Independiente o Cliente.


12.4 – Viajes de Incentivo y Premios

De vez en cuando, la Compañía ofrecerá viajes de incentivo y otros premios a los Afiliados Independientes calificados. Estos viajes o premios pueden estar basados en el título o desempeño del Afiliado Independiente y se ofrecen sólo a la(s) persona(s) que sean Afiliados Independientes, y pueden comprender pasajes aéreos y el alojamiento en una habitación de hotel para dos personas (01 habitación). Los viajes de incentivo o premios no pueden ser postergados para aceptación posterior y no pueden ser intercambiados por dinero en efectivo. Cuentan con un valor en efectivo se tratarán como comisiones generadas y estarán sujetas a las condiciones estipuladas en las leyes tributarias del país de residencia. No se otorgarán pagos ni crédito a quienes no puedan o decidan no asistir a los viajes o aceptar los reconocimientos. A pesar de lo mencionado, y aunque la Compañía puede pagar los costos de tales viajes de incentivo en forma parcial o total, el Afiliado Independiente acepta indemnizar y mantener indemne a la Compañía de cualquier reclamo, lesión, pérdida o cualquier otro daño resultante en relación al viaje por el Afiliado Independiente o sus invitados. El Afiliado Independiente no puede hacer reclamos ni depender de ninguna póliza de seguros de la Compañía para cubrir los costos y gastos de ninguna lesión, pérdida o cualquier otro daño al Afiliado Independiente o sus invitados.
Es posible que, por ley, la Compañía deba incluir el valor comercial de cualquier premio de incentivo, viaje, etc.
en el informe fiscal de fin de año del Afiliado Independiente. El Afiliado Independiente es responsable de los impuestos correspondientes y acepta mantener indemne a la Compañía de reclamos sobre responsabilidades fiscales relacionadas con estos viajes y premios de incentivo.
Si se encontrara que el Afiliado Independiente ha actuado con falsedad o que ha violado el Contrato a fin de recibir
estos viajes y premios de incentivo, la Compañía puede cobrar al Afiliado Independiente cualquier costo incurrido por la Compañía o por cualquier beneficio o premio recibido por el Afiliado Independiente. La Compañía se reserva el derecho y al criterio absoluto y exclusivo de impedir la participación por cualquier razón que considere necesaria.

12.5 – Informes

Para efectos de esta Sección 12.5, “ZARPE” significa la entidad y todos sus empleados, oficiales, directores,
contratistas independientes, Afiliados Independientes, clientes y agentes.

12.5.1 – Informes Sobre la Organización Descendente

Los Afiliados Independientes entienden que ZARPE provee información en forma regular a todos sus Afiliados Independientes. Esto comprende, pero no se limita a, informes virtuales o telefónicos de actividad de la Organización Descendente, tales como volumen de ventas personal y de grupo, y la actividad de patrocinio de la Organización Descendente (la “Información”).

12.5.2 – Informes Sobre la Indemnización

El Afiliado Independiente está de acuerdo en nunca hacer ninguna clase de reclamo en contra de ZARPE, incluso sus oficiales, directores, empleados y contratistas independientes, que surja de, o que esté conectada de alguna forma con la presentación, compilación, desarrollo, publicación y difusión por parte de ZARPE, de la información que comprenda, pero no se limite a, reclamos por pérdida de ganancias, bonificaciones, comisiones o pérdida de oportunidad. Este acuerdo en relación a los Afiliados Independientes, abarca cualquier acto u omisión del mismo por parte de ZARPE en lo relacionado, pero sin limitarse a, información inexacta, incompleta, inconveniente, tardía o la pérdida del uso de la misma. Sin embargo, esta Sección 12.5.2 no se aplica a reclamos que surjan como resultado de la falta intencional de ética o la falta de respeto en forma imprudente de los derechos de los Afiliados Independientes por parte de ZARPE.


SECCIÓN 13: 
Garantía del Producto, Recompra del Producto, Compra de Inventario, Orden sin recoger y Cancelación de Orden

13.1 – Garantía del Producto/Intercambio de Productos

Los Afiliados Independientes sólo podrán intercambiar los productos sin abrir y sin daños en condiciones “como nuevo” para su venta. Condición vendible se define como el producto que se encuentra en su empaque original, con sus sellos y envoltura en su lugar. (Por favor refiérase a las Políticas de Reembolso ZARPE para la definición completa de términos y condiciones, y a las leyes vigentes de su país de residencia en cuanto a las devoluciones se refiera) Para Solicitar un intercambio de producto, el Afiliado Independiente debe de comunicarse con el Departamento de Servicio al Cliente.

13.2 – Recompra del Producto

Un afiliado Activo (aquellos que NO terminan voluntaria o involuntariamente su Afiliación) puede devolver los productos comprados en una condición vendible, dentro de un período de (15) días desde la fecha de la compra. El inventario que se devuelve puede otorgar hasta un 90% del costo neto del producto, menos comisiones (envío, descuentos, promociones, etc.) previamente acreditadas al afiliado. (Por favor refiérase a las Políticas de Reembolso ZARPE para la definición completa de términos y condiciones).

13.3 – Compra de Inventario

La devolución de productos adquiridos constituye la TERMINACIÓN voluntaria de la Afiliación Independiente de ZARPE. Solo productos “como nuevos” en condición vendible pueden ser devueltos, y se cobrará un 10% por derechos de tramitación. Los productos comprados en los últimos 12 meses después de la fecha de compra, son elegibles para devolución y serán aceptados. No se aceptarán devoluciones que excedan estos parámetros.

(Por favor refiérase a las Políticas de Reembolso ZARPE para la definición completa de términos y condiciones y a las leyes vigentes de su país de residencia en cuanto a las devoluciones se refiera).
Para devolver el producto, el Afiliado Independiente debe de llamar a ZARPE y solicitar La Autorización de Devolución de Mercancía (RMA), número que debe de ser presentado con los productos devueltos. Los Afiliados Independientes son responsables de devolver el producto a la Compañía dentro de (7) días hábiles a partir de la recepción del RMA o el producto no será elegible para reembolso.
Todos los productos para devoluciones o intercambios deben de ser presentados junto con la factura original para poder ser considerados.

13.4 -Órdenes sin Recoger

TODAS las órdenes para recoger (órdenes realizadas en la Oficina Virtual, por el teléfono, en la
tienda o procesadas por medio del programa de Suscripción Mensual que están programadas PARA RECOGER), que indica que el pedido ha sido procesado, pero su factura no ha sido emitida hasta tanto la persona no se presente o exprese su deseo que el producto sea enviado y están sujetas a la Política de los 10 días para recoger la mercancía.

13.4.1-Política de los 10 días para Recoger la Mercancía.
El afiliado independiente que compra el producto, certifica el consumo o la asignación de venta del producto al por menor para el crecimiento personal o del negocio. Por lo tanto, el producto debe de ser recogido de la bodega en un plazo de 10 días desde el momento en el que se procesa la orden para evitar que su orden sea categorizada como una ORDEN SIN RECOGER. Las órdenes sin recoger se cancelan automáticamente para evitar la manipulación de bonos y comisiones por parte del distribuidor. (Por favor refiérase a las Políticas de Reembolso ZARPE para la definición completa de términos y condiciones).

13.5 Cancelación de Órdenes

La cancelación de una orden para solicitar un reembolso, otorga un noventa por ciento (90%) del “costo neto” del producto y será realizado dentro de los 15 días de la solicitud de la cancelación de la orden. En el caso de un cambio de producto se cobrará un 10% por derechos de tramitación de la tarifa original de la compra. (Por favor refiérase a las Políticas de Reembolso ZARPE para la definición completa de términos y condiciones).

13.6- Excepciones para las Políticas de Reembolso

Las Distribuciones Financieras pagadas con anterioridad (como se describe en la Sección 12) pueden ser invertidas o ajustadas como resultado de las excepciones y en única discreción de la Compañía. Cualquier bono pagado al Afiliado Independiente y a su Patrocinador de Registro por el producto devuelto por el afiliado independiente o cliente, será deducido de la cuenta respectiva del Patrocinador de Registro o se retendrá de presentes o futuros pagos de bonos. Un Afiliado Independiente está de acuerdo en que él o ella no se basarán en el Volumen existente de la Línea Descendiente en el cierre de un período de bonificación, teniendo en cuenta que una devolución puede causar cambios en su Título, Rango y/o pago de bonos.

SECCIÓN 14: 
Resolución de Conflictos y Soluciones

14.1 – Soluciones
Cualquier incumplimiento del Contrato, incluso de estas Normas y Procedimientos o, cualquier conducta de negocios que sea ilegal, fraudulenta, engañosa o falta de ética por parte del Afiliado Independiente puede resultar en, a criterio exclusivo de ZARPE, una o más de las siguientes acciones:

1. La emisión de una carta de advertencia o de amonestación;
2. La emisión de una notificación escrita instruyendo al Afiliado Independiente que tome medidas
correctivas en forma inmediata;
3. Impedimento de cobro total o parcial, de uno o más de sus cheques de bonificación o comisión;
4. La retención de toda Distribución Financiera del Afiliado Independiente (como se describe en la Sección
12) durante el periodo en el que ZARPE esté llevando a cabo la investigación de cualquier conducta
que se presuma como violación al Contrato;
5. La suspensión del Contrato por uno o más períodos de pago;
6. La Cancelación del Contrato;
7. La cancelación del Contrato de Afiliado Independiente de cualquier otro miembro de la unidad familiar
o individuo afiliado que esté en asociación con el Afiliado Independiente infractor;
8. Cualquier otro medio expresamente permitido por el Contrato que ZARPE considere necesario
a fin de implementar o tomar posesión con el propósito de remediar los daños causados parcial o
exclusivamente por la infracción del Afiliado Independiente; o
9. El inicio de procesos legales a fin de obtener indemnización judicial o equitativa, o ambas.

14.2 – Quejas y Reclamos

Cuando los Afiliados Independientes tengan quejas o reclamos en contra de otro Afiliado Independiente con respecto a cualquier procedimiento o comportamiento en relación a sus respectivas Distribuciones Independientes, tal queja deberá ser reportada a su Patrocinador, quien tratará de analizar el asunto y resolverlo con el Patrocinador de la otra parte. Si el asunto no se puede resolver, deberá ser reportado por escrito al Departamento de Servicios al Distribuidor de la Compañía. El Departamento de Servicios al Distribuidor estudiará los hechos e intentará resolverlos.

14.3 – La Ley Vigente y la Resolución de Litigios

14.3.1 – La interpretación y ejecución de este Contrato es gobernada de acuerdo a las leyes peruanas vigentes.

14.3.2 – Si alguna de las partes de este Contrato cree que sufrirá daños irreparables como resultado de las acciones a otra de las partes, podrá solicitar medidas cautelares, pero sólo medidas cautelares en algún tribunal estatal:
14.3.2.1 – Si la parte que dirija la disputa o el reclamo fuera la del Afiliado Independiente, deberá presentar una solicitud para acudir a un centro de conciliación en la Cámara de Comercio de Lima, Perú.

14.3.2.2 – Si la parte que dirija la disputa no está de acuerdo, se regirá por la legislación vigente en cuanto a la resolución de conflictos. 

14.3.3 – Todas las partes serán responsables de los honorarios de sus propios abogados, y de los
costos y gastos cobrados por la AAA y sus árbitros o por el tribunal o ambos sin importar el resultado.

SECCIÓN 15: 
Clientes

15.1 – Clientes

Se anima a los Afiliados Independientes a que promuevan los Programas de Suscripción Mensual este programa provee un medio para mantener e incrementar la creación de volumen de compras en la organización del Afiliado Independiente. En el futuro, la Compañía puede implementar programas adicionales con sus clientes, como el Programa de Suscripción Mensual de ZARPE. El programa de suscripción mensual permite
que los clientes adquieran sus productos directamente de ZARPE al mejor precio ofrecido a quienes cumplen con la condición voluntaria de compras mensualmente y otorga el mismo nivel de costo por la cantidad invertida. Los Afiliados Suscriptores (“AS”) tendrán a su disposición diversos canales de pagos para realizar su Suscripción Mensual. ZARPE entregará el producto por la vía elegida por el cliente. A fin de asegurar que los Afiliados Independientes reciban las comisiones adecuadas, los Clientes Preferidos no podrán hacer pedidos sin un número de identificación de Afiliado Independiente. Los Clientes Preferidos se inscribirán automáticamente en el programa de extraLife que les otorga bonificaciones adicionales en productos gratis que la compañía incentiva para su crecimiento en el negocio. (A manera de aclaración sobre la diferencia entre los Afiliados Independientes y los “AF”, por favor diríjase a la respectiva definición bajo la Sección 18 “Definiciones.”)

15.2 – La Compra de Productos ZARPE

Todos los Afiliados Independientes deberán comprar sus productos en forma directa de ZARPE bajo su número de Afiliado Independiente. Si un Afiliado Independiente comprara productos de otro Afiliado Independiente o de cualquier otra fuente, el Afiliado Independiente comprador no recibirá el volumen de ventas personales, un comprobante de pago correcto y los relacionadas a esa compra. 

15.3 – Normas Generales para Hacer Pedidos

Pondremos a su disposición diversos canales de pagos para realizar sus pedidos, es importante que cumpla con las legislaciones vigentes para el pago de productos o servicios y que exija su comprobante del pago al momento de la entrega de los mismos.

15.4 – Normas de Envíos y Pedidos Pendientes

ZARPE enviará en forma rápida la parte del pedido que tenga en el inventario. Sin embargo, si los artículos del pedido estuvieran agotados, se colocarán como artículos de entrega pendiente y serán enviados una vez que ZARPE reciba inventario adicional El cobro se llevará a cabo a los Afiliados Independientes y se les acreditara el Volumen de Ventas sobre los artículos de entrega pendiente a menos que reciban una notificación en el recibo de que el producto fue descontinuado. ZARPE notificará a los Afiliados Independientes si no se espera que los artículos agotados estén disponibles para ser enviados dentro de treinta (30) días a la fecha del pedido. Se proveerá una fecha aproximada de envío. Los artículos de entrega pendiente podrán ser cancelados a pedido de los Afiliados Independientes. Los Afiliados Independientes pueden solicitar un reembolso, crédito a su cuenta o el reemplazo de mercancía a cambio de los productos de entrega pendiente. Si se solicita un reembolso, el volumen de ventas personales del Afiliado Independiente disminuirá en base a la cantidad del reembolso en el mes en el cual se expida el reembolso.

15.5 – Confirmación del Pedido

Todo Afiliado Independiente o quien reciba el pedido debe confirmar que los productos recibidos concuerden con los productos listados en el recibo del envío y que no estén dañados. El no informar a ZARPE sobre cualquier discrepancia o daño en el envío, dentro de siete (7) días a partir de la fecha del envío anula el derecho del Afiliado Independiente de solicitar la corrección.

SECCIÓN 16: 
Pago y Envíos

16.1 – Depósitos

El Afiliado Independiente no debe recibir dinero ni aceptar pagos por una venta por parte de un cliente excepto al momento de la entrega del producto. Los Afiliados Independientes no deben aceptar dinero de parte de los clientes como depósito o anticipo de entregas futuras. Todos los depósitos para el pago de productos deben ser realizados únicamente a ZARPE.

16.2 – Falta de Fondos

Los Afiliados Independientes tienen la responsabilidad de tener suficientes fondos o suficiente crédito disponible en su cuenta a fin de cubrir el costo del pedido mensual. ZARPE no está obligada a ponerse en contacto con los Afiliados Independientes en relación con los pedidos cancelados por insuficiencia de fondos o crédito. Esta clase de cancelación de pedido puede dar como resultado, en el caso de un Afiliado Independiente, la imposibilidad de recibir productos o de cumplir con sus requisitos de volumen de ventas personales del mes.

16.3 – Restricciones para el Uso de Tarjetas de Crédito Ajenas

Las tarjetas de créditos para procesar los pagos serán únicamente aceptadas aquellas que concuerden con el nombre del afiliado que está haciendo la compra. Se requerirá su identificación nacional a fin de corroborar su identidad.

16.4 – Impuestos a las Ventas

En virtud de sus operaciones comerciales, a ZARPE se le exige cobrar el impuesto sobre la venta de todas las compras hechas por los Afiliados Independientes y remitir los impuestos cobrados a las respectivas autoridades, Por consiguiente, ZARPE recaudará y remitirá los impuestos a las ventas a nombre de los Afiliados independientes, en base al precio sugerido de venta al público de los productos, de acuerdo con las tasas
aplicables de impuestos de acuerdo con la legislación tributaria vigente y sus modificaciones, en el estado o provincia a la cual esté destinado el envío. 


SECCIÓN 17: 
Inactividad y Cancelación

17.1 – Efecto de Cancelación

En tanto que el Afiliado Independiente permanezca activo y cumpla con los términos del Contrato, incluso estas
Normas y Procedimientos, ZARPE pagará las Distribuciones Financieras (como se describen en la Sección 12)
a tal Afiliado Independiente de acuerdo con el Plan de Bonificaciones. Toda Distribución Financiera constituye en forma integral el pago al Afiliado Independiente por sus esfuerzos y actividad para generar ventas (lo cual incluye una red de mercadeo). 
ZARPE se reserva el derecho y criterio exclusivos de considerar una Cuenta de Afiliación inactiva como cancelada (todos estos métodos a los que se hace referencia en forma colectiva como “Cancelación”), bajo estos términos, el ex Afiliado Independiente no tendrá más derecho, titularidad, reclamo ni interés sobre la Organización de Mercadeo que operaba ni ningún otro bono o Comisión sobre las ventas generadas por la Organización de Mercadeo. Todo Afiliado Independiente cuya Afiliación Independiente sea cancelada perderá en forma permanente de todos los derechos como Afiliado Independiente.
Esto comprende el derecho de vender productos y servicios, y el derecho de recibir futuras comisiones, bonos u otros ingresos como resultado de las ventas y otras actividades de la organización de ventas que previamente le pertenecía al Afiliado Independiente. En el caso de cancelación, los Afiliados Independientes se comprometen a renunciar a todos los derechos que puedan tener, incluso, pero sin limitarse a los derechos de propiedad de la organización de ventas que tenían previamente, y a todos los bonos, comisiones u otra remuneración derivada de
las ventas y otras actividades de la previa organización de ventas.
Inmediatamente después de la Cancelación del Contrato de un Afiliado Independiente, el ex Afiliado Independiente no dará indicación alguna de que es Afiliado Independiente ZARPE y no tendrá el derecho de vender los productos ZARPE. 
Los Afiliados Independientes cuyos Contratos hayan sido cancelados recibirán comisiones y bonos sólo por el último período de pago durante el cual estuvieron activos previo a la cancelación (menos cualquier cantidad retenida durante el proceso de investigación de una cancelación involuntaria). Los Afiliados Independientes pueden presentar una nueva solicitud como Afiliado Independiente de acuerdo con la Sección 4.7.5 “Cancelación y nueva Solicitud”. Sin embargo, ZARPE se reserva el derecho de aprobar, posponer o denegar la “aceptación” de la nueva aplicación.

17.2 – Cancelación Debido a Inactividad

Como Afiliado Independiente tiene la responsabilidad de liderar su Organización por medio del ejemplo adecuado en lo relacionado a producción personal de ventas a consumidores finales. Sin el ejemplo adecuado de liderazgo, el Afiliado Independiente perderá su derecho a recibir comisiones por las ventas generadas a través de su Organización de Mercadeo. Los Distribuidores que en forma personal generen menos de 100 (VP) Volumen Personal en cualquier período de pago, no recibirán comisión sobre las ventas generadas a través de su Organización de Mercadeo por ese período de pago. Si un Afiliado Independiente no hubiera alcanzado su Volumen Personal por un periodo de seis (6) meses consecutivos calendario, su Contrato será cancelado por inactividad. La Cancelación entrará en vigor a partir del día siguiente al último día de los seis meses de inactividad. Los Afiliados Independientes pueden presentar una nueva solicitud de Afiliado Independiente de acuerdo con la Sección 4.7.5 “Cancelación y nueva Solicitud”.

17.3 – Cancelación Involuntaria 

La violación de cualquiera de los términos del Contrato por el Afiliado Independiente puede tener como resultado cualquiera de las sanciones presentes en la Sección 14.1, incluso la Cancelación involuntaria de su Contrato. A menos que se indique lo contrario en la Notificación de cancelación, la cancelación será efectiva en la fecha en la cual la notificación escrita sea enviada por correo, enviada por fax o por correo expreso o de entrega inmediata al último domicilio conocido (o número de fax) del Afiliado Independiente o su abogado o, cuando el Afiliado Independiente reciba la Notificación de cancelación, lo que ocurra primero.

17.4 – Cancelación Voluntaria

Los Afiliados Independientes tienen el derecho de cancelar el Contrato en cualquier momento. La cancelación deberá presentarse por escrito a la Compañía a su domicilio principal: Calle German Schereiber Nro. 276, San Isidro, Lima, Perú. La notificación escrita debe incluir la firma, el nombre en letra de molde, domicilio y Número de Identificación del Afiliado (ID) Independiente. Sin embargo, si un Afiliado Independiente no está considerado en buena conducta con la compañía al momento en el que ZARPE reciba la Notificación de cancelación, las consecuencias de la cancelación involuntaria pueden entrar en vigor (como lo indica la Sección 14). Los Afiliados Independientes pueden presentar una nueva solicitud como Afiliados Independientes de acuerdo con la Sección 4.7.5 “Cancelación y nueva Solicitud”.

17.5 – Descontinuación de un Contrato

Los Afiliados Independientes pueden cancelar en forma voluntaria su Contrato de Afiliados Independientes enviando una notificación por escrito. La Compañía se reserva el derecho de mantener o descontinuar el contrato del Afiliado Independiente bajo cualquier circunstancia.

SECCIÓN 18: 
Definiciones

Aceptación
La aceptación por parte de la Compañía de la solicitud de afiliación de un Solicitante para convertirse
en Afiliado Independiente. El solicitante presenta un y Contrato del Afiliado Independiente y entregarlo a ZARPE o firmarlo digitalmente en nuestra web: https://www.zar.pe. La “Aceptación” ocurrirá cuando ZARPE reciba la Solicitud y Contrato del Afiliado Independiente junto con toda la documentación correspondiente adecuadamente firmada, la apruebe, la procese y provea un número de identificación al nuevo Afiliado. Este proceso puede darse en nuestra web y le será notificado a su celular su número de afiliado independiente.

Activo o Afiliado Independiente Activo
Es una persona que ha cumplido con los requisitos exigidos por nosotros en nuestro plan de bonificaciones.

Volumen Personal (VP) 
Como lo establece el Plan de Bonificaciones de ZARPE, a fin de asegurar su calificación para recibir reembolsos, bonificaciones, bonos y/o comisiones. Se requiere que mantenga un volumen mínimo de 100 VP.

Rango Activo
Rango vigente de un Afiliado Independiente, como lo determina el Plan de Bonificaciones de ZARPE, en cualquier mes calendario. Para ser considerado “activo” en relación a cualquier rango en particular, el Afiliado Independiente debe satisfacer los requisitos establecidos por el Plan de ZARPE para su rango respectivo.
(Véase la definición de “Rango” más adelante.)

Bonificación
Es la retribución de un monto en valor que la persona podrá canjear por productos. Estos productos se entregarán con su comprobante respectivo donde indicará la cantidad en valor “Gratuito” que estarán llevando. Esto se hace por el volumen de venta que han generado.

Volumen Comisionable
Es el volumen expresamente designado para el cálculo de comisiones, que representarán el pago de dinero en efectivo, sobre su respectivo calculo en nuestro plan de bonificaciones.

Contrato 
Contrato entre la Compañía y los Afiliados Independientes lo cual comprende el Contrato del Afiliado Independiente, los términos y condiciones expresados en nuestra página web, las Normas y Procedimientos de ZARPE, el Plan de Bonificaciones de ZARPE y el Formulario de Entidad Comercial (cuando corresponda), todos en su forma actual y con las enmiendas que haga ZARPE de vez en vez de acuerdo con su propio criterio. Estos documentos constituyen el “Contrato” y así se los denomina en forma colectiva.

Contrato de Suscripción Mensual
Programa opcional de suscripción mensual de ZARPE, que en forma automática envía productos a los Afiliados Independientes. El Contrato de Suscripción Mensual se incorpora al Contrato y puede encontrarse como parte de la Solicitud y Contrato del Afiliado Independiente o firmado digitalmente al momento de solicitar nuestros productos por la web o de manera telefónica eligiendo un paquete descrito como parte de este programa.
Incumplimiento – (“No cumplir” y “Violar”) Alguna transgresión o presunta transgresión, o violación de cualquier parte del Contrato.

Centro de Negocios
Posición de Afiliación Independiente adicional permitida bajo la Afiliación Independiente
original.

Cancelación
Terminación o desvinculación de una Afiliación Independiente. La cancelación podría ser voluntaria, involuntaria, debido a la falta de actividad. 

Volumen de Bonificación o Volumen Comisionable
Ofrecidas en el Plan de Bonificaciones de ZARPE. Se le llama al volumen que otorga comisión por la venta.

Compañía
Gano Life, S.A.C. RUC 20547251831 Domicilio Fiscal: Calle German Schereiber Nro. 276, San Isidro, Lima, Perú. Teléfono 51-1-716-7000.

Cliente
Los clientes son personas físicas o jurídicas que compran nuestro producto con el propósito de consumir y no revenderlo. 

Organización Descendente Independiente.
El Afiliado Independiente entiende que (1) Afiliado Independiente no tiene ningún derecho o posesión, título o interés en ninguna Organización descendente individual, entidad, organización ni en ningún material generado por ZARPE o creado por los Afiliados Independientes o cualquier otro individuo o entidad hasta donde alcance, en forma íntegra o parcial, de ninguna información de Organizaciones descendentes de ZARPE o cualquier parte del Contrato, (2) el único interés de propiedad de un Afiliado Independiente con respecto a Organizaciones descendentes es el derecho de recibir comisiones como se establece en el Contrato y, (3) que ZARPE es la única propietaria de todos los derechos, títulos, intereses y materiales referentes a todas las Organizaciones descendentes.

Informe de Actividad de Organización Descendente
Informe mensual generado ZARPE que proporciona datos fundamentales relacionados a la identidad de los Afiliados Independientes, Clientes, información de ventas y la actividad de patrocinio de las Organizaciones de Mercadeo de los Afiliados Independientes. Este informe contiene información confidencial y secretos del oficio que es exclusiva de ZARPE. Es de propiedad exclusiva de ZARPE.

Pierna de Organización Descendente
Las personas inscritas inmediatamente debajo de un Afiliado Independiente y sus respectivas Organizaciones de Mercadeo representan una “pierna” de la Organización de Mercadeo del Afiliado Independiente.

Consumidor Final
Persona que compra productos de ZARPE con el propósito de consumirlos en forma personal en
lugar de tratar de revenderlos a otras personas.

Directo
Cualquier Afiliado Independiente y Cliente que haya sido inscrito como Afiliado Independiente o Cliente de
ZARPE por otro Afiliado Independiente.

Patrocinador
Afiliado Independiente que inscribe a nuevos Afiliados Independientes o Clientes en ZARPE. La compañía proveerá colocación a un nuevo Afiliado Independiente, debajo de sí mismo o será colocado, el nuevo Afiliado
Independiente, debajo de algún integrante elegible de su organización descendente. La persona debajo de la cual
el nuevo Afiliado Independiente o Cliente es colocado, es el “Patrocinador de Colocación” del nuevo Afiliado Independiente. El mismo Afiliado Independiente puede ser el “Patrocinador de Registro” y “Patrocinador de Colocación” del nuevo Afiliado Independiente. Vea la definición de “Patrocinador de Colocación” más adelante.


Puntos de Bono infinito (PBI)
Son los puntos que servirán únicamente para el cálculo del bono infinito definido en nuestro plan de bonificaciones.

Unidad Familiar Inmediata
Se refiere a las cabezas de familia y los miembros dependientes de una familia que residan en la misma casa.

Afiliado Independiente
Se refiere a un contratista independiente que se ha inscrito y ha completado en forma oficial un  Contrato de Afiliado Independiente ZARPE y cuyo Contrato de Afiliado ha sido aceptado por ZARPE. Se exige que los Afiliados Independientes cumplan con ciertos requisitos y asuman responsabilidad por la capacitación, motivación, apoyo y desarrollo de los Afiliados Independientes de su respectiva Organización de Mercadeo. Los Afiliados Independientes están autorizados para comprar productos ZARPE a precio de costo, inscribir a nuevos Afiliados Independientes y Clientes y, a participar del Plan de Bonificaciones ZARPE. Los Clientes Preferidos no son Afiliados Independientes.

Nivel 
Cada una de las capas sucesivas de Afiliados Independientes línea descendente en la organización de un Afiliado Independiente particular. Este término se refiere a la relación de un Afiliado Independiente a otro afiliado independiente, determinado por el número de afiliados independientes entre los que están relacionados por el patrocinio. Por ejemplo, si A es el patrocinador de B, B es el patrocinador de C, C es el patrocinador de D, y D es el patrocinador de E, entonces E está en el cuarto nivel de A.

Organización de Mercadeo
Afiliados Independientes que hayan sido inscritos o patrocinados debajo de un Afiliado Independiente.

Material Oficial ZARPE
Es literatura, audio o grabación digital, o cualquier otro material (incluyendo sitios web y Blogs) desarrollado, impreso, publicado y distribuidos por ZARPE para los Afiliados Independientes.

Producción Personal
Ventas de producto al Consumidor Final para su uso personal.

Volumen de Venta Personal (VP)
Valor comisionable de productos adquiridos dentro de un mes calendario:
(1) por un Afiliado Independiente de la Compañía y, (2) por el de un afiliado independiente, inscrito personalmente
por Clientes Preferentes de la Compañía.

Rango
Logro alcanzado cada semana por un afiliado independiente, que ha cumplido con los requisitos de compensación específicos publicados en el Plan de Bonificaciones de ZARPE.

Reclutamiento
Significa, en lo relacionado a las Normas sobre Conflictos de Intereses de ZARPE (Sección 6), una invitación o intento de invitación, inscripción, impulso o esfuerzo para renunciar en cualquier forma, ya sea en forma directa o a través de terceros, a otro Afiliado Independiente ZARPE, para inscribirlo o para que participe en cualquier otro mercadeo de multinivel, mercadeo en red u oportunidad de ventas directas. Esta conducta constituye reclutamiento aun si las acciones del Afiliado Independiente fueran en respuesta a la pregunta hecha por otro Afiliado Independiente o Cliente.

Realmacenable y Reventa
Se refiere a los productos y materiales de ayudas de ventas que cumplen las siguientes condiciones: (1) Que están sin abrir y sin usar, (2) Que el envasado y el etiquetado no ha sido alterado o dañado, (3) Que el producto y el embalaje se encuentran en condiciones tales que en la práctica comercial pueda ser vendido a su precio real, (4) Que la fecha de vencimiento del producto no haya caducado, y (5) Que el producto mantenga su etiquetado ZARPE original. Todos los productos que hayan sido identificados al momento de la venta como no retornables, descontados o artículos de estación no se pueden revender.

Ganancias Directas
Diferencia entre el Precio al Menudeo (como se lo define más adelante) de los productos y el precio al detalle que un Afiliado Independiente recibe de los productos cuando son revendidos.

Ascenso de Organización por Compresión
Método por medio del cual teóricamente se llena una posición a fin de que se puedan calcular los bonos de esa posición y puedan ser adjudicados a los afiliados de organización ascendentes.

Estuche de Inicio
Consiste en la selección de materiales de capacitación y recursos de negocios de ZARPE que los Afiliados Independientes se les proveerá de manera gratuita en las plataformas web de esta compañía.

Precio Sugerido de Venta
Es el precio base al cual debe venderse el producto y queda prohibida su venta a un precio menor 

Organización Ascendente
Afiliados Independientes que estén por encima de algún Afiliado Independiente dentro de la línea de patrocinio o inscripción de la Compañía. Dicho de otra forma, es la línea de Patrocinadores que están enlazados por algún Afiliado Independiente o Cliente en particular dentro de la Compañía.

Costo o Precio de Costo
Precio que un Afiliado Independiente paga a la Compañía por la compra de productos. El precio de costo también se conoce como el Costo al Afiliado Independiente. Todas las comisiones y bonos se pagan en relación al Volumen Comisionable de productos ZARPE.


    
 
 
_______________________________ _______________________________
LA EMPRESA EL AFILIADO
 
Nombres y Apellidos:   
  Documento de Identidad:   
  Correo Electrónico:   

  
  
 
 
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